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Denunciar ante la Inspección de Trabajo

Si tu empresa (o cualquier otra) incumple las normas laborales, de prevención de riesgos o de Seguridad Social, puedes denunciarlo ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS). Puede denunciar cualquier persona que lo sepa, aunque no trabaje en esa empresa. Tienes que identificarte, pero la Inspección no revela a la empresa quién ha denunciado. Si prefieres no identificarte, existe el Buzón de la ITSS, que es anónimo.

¿Dónde lo haces tú?

Lo que cambia según el sitio es el organismo, la oficina y la cita. Dinos tu municipio:

¿Se puede hacer por internet?

Sí, por internet

La denuncia se presenta en la sede electrónica de la ITSS, con el escrito de denuncia (modelo IP-107) y los documentos que quieras adjuntar. También en persona en tu Inspección Provincial o en cualquier registro público, o por correo postal. La comunicación anónima va por otra vía: el Buzón de la ITSS, solo por internet. En Cataluña y el País Vasco, las cuestiones laborales y de prevención van a su inspección propia (ver tu comunidad).

Necesitas: Identificarte: DNI, NIE o pasaporte, certificado electrónico o Cl@ve PIN, según la ITSS. El Buzón no pide identificación.

Ir a la sede oficial

Quién lo lleva

En general: Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS). Presenta el escrito de denuncia (IP-107) en la sede electrónica de la ITSS, en tu Inspección Provincial o en cualquier registro público, o envíalo por correo a la Inspección Provincial de la provincia del centro de trabajo. Si no quieres identificarte, comunica los hechos en el Buzón de la ITSS.

Con estas excepciones:

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito: ni la ITSS ni la Inspección de Trabajo de Cataluña indican ninguna tasa.
Cuánto tarda
Puedes denunciar en cualquier momento. La Inspección puede visitar el centro de trabajo sin avisar, citar a la empresa con su documentación o comprobar datos de otras administraciones. Las comprobaciones no pueden durar más de 9 meses desde la primera visita o comparecencia, ampliables otros 9 en casos complejos (art. 21.4 de la Ley 23/2015).

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Se enterará la empresa de que he sido yo?

La Inspección debe tratar como confidencial el origen de las denuncias y no puede revelar a la empresa quién ha denunciado. Aun así, tienes que identificarte ante la Inspección.

¿Puedo denunciar de forma anónima?

Una denuncia, no: las anónimas no se tramitan. Lo que sí puedes es comunicar los hechos al Buzón de la ITSS sin identificarte. La Inspección usa esa información para planificar sus actuaciones, pero no es una denuncia formal.

¿Qué se puede denunciar?

Cualquier incumplimiento del orden social: condiciones laborales e igualdad, seguridad y salud en el trabajo, empleo, Seguridad Social y trabajo de personas extranjeras. Por ejemplo, trabajar sin contrato o sin alta, falsos autónomos, horas extra sin pagar, pagos en negro, contratos temporales irregulares, discriminación, acoso sexual o falta de medidas de prevención.

¿Me dirán qué ha pasado con mi denuncia?

Tienes derecho a que te informen del estado de la denuncia, de los hechos comprobados y de las medidas tomadas solo si el resultado afecta a tus derechos individuales o colectivos. Si la denuncia acaba en un procedimiento sancionador, puedes ser parte interesada.

¿Puedo denunciar si no trabajo en esa empresa?

Sí. Puede denunciar cualquier persona que conozca la irregularidad, identificándose.

¿Dónde está mi Inspección Provincial?

La ITSS publica las direcciones y teléfonos de cada provincia en su página «Dónde estamos». La atención al público suele ser de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00. Por correo, la denuncia se dirige a la Inspección de la provincia donde está el centro de trabajo.

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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