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Abrir un negocio: licencia de actividad o declaración responsable

Para abrir una tienda, una oficina, un bar o un taller en un local hay que avisar al ayuntamiento o pedirle permiso antes de empezar. La mayoría de los comercios y servicios de hasta 750 m² ya no necesitan licencia: basta una declaración responsable o una comunicación previa. Las actividades con más impacto (ruido, humos, mucho aforo, industria) siguen necesitando licencia de actividad o ambiental, según la ley de tu comunidad.

¿Dónde lo haces tú?

Lo que cambia según el sitio es el organismo, la oficina y la cita. Dinos tu municipio:

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento: la mayoría admite la declaración responsable, la comunicación o la solicitud de licencia por su sede electrónica, con los documentos escaneados; también se puede presentar en el registro municipal. Las empresas (sociedades) y los profesionales colegiados que actúen como tales están obligados a hacerlo por internet (art. 14.2 de la Ley 39/2015).

Necesitas: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (o el sistema de identificación del ayuntamiento).

Quién lo lleva

En general: Ayuntamiento del municipio donde está el local. Antes de abrir un negocio en un local tienes que presentar en el ayuntamiento una declaración responsable o una comunicación previa, o pedir una licencia de actividad, según la actividad, la ley de tu comunidad y la ordenanza municipal. La regla general es que no hace falta licencia (art. 84 bis de la Ley 7/1985): solo se exige cuando lo justifican el medio ambiente, la seguridad, la salud o el patrimonio. Se presenta en la sede electrónica o el registro del ayuntamiento.

Con estas excepciones:

Qué llevar

Cuánto cuesta
La tasa municipal por licencia de apertura o por el control de la declaración responsable o comunicación (art. 20.4.i del TRLRHL), según la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento; algunos no la cobran. Si haces obras, además la tasa de obras y el ICIO (hasta el 4 % del coste de la obra).
Cuánto tarda
Con declaración responsable o comunicación previa, puedes abrir desde el día en que la presentas completa (art. 69.3 de la Ley 39/2015 y art. 5 de la Ley 12/2012); el ayuntamiento comprueba después. Con licencia, hay que esperar a la resolución: depende de la ley de la comunidad y de la ordenanza (en Barcelona y Bilbao, hasta seis meses).

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Qué negocios pueden abrir sin licencia?

Por ley estatal, el comercio minorista y los servicios del anexo de la Ley 12/2012 (tiendas, peluquerías, agencias de viaje, despachos de abogados, gestorías, academias, lavanderías, entre otros) en locales de hasta 750 m² de superficie útil de exposición y venta al público. Para ellos basta una declaración responsable o una comunicación previa. Muchas comunidades y ayuntamientos lo han extendido a más actividades.

¿Un bar o un restaurante necesita licencia?

La hostelería no está en el anexo de la Ley 12/2012, así que depende de la ley de tu comunidad (ambiental y de espectáculos) y de la ordenanza municipal. En muchas ciudades basta una declaración responsable o una comunicación; los locales con música, gran aforo o salida de humos suelen tener requisitos extra o necesitan licencia.

¿Qué diferencia hay entre licencia, declaración responsable y comunicación previa?

Con licencia, el ayuntamiento revisa y autoriza antes de que abras. Con declaración responsable, declaras que cumples los requisitos y tienes los documentos, y abres al presentarla. Con comunicación previa, das tus datos y los de la actividad. En los dos últimos casos el ayuntamiento comprueba después (art. 69 de la Ley 39/2015).

¿Necesito un técnico?

Casi siempre, salvo en actividades muy sencillas: la mayoría de las ordenanzas piden una memoria o un proyecto y un certificado firmados por un técnico competente (arquitecto, ingeniero…). Mira la ficha de tu ayuntamiento.

¿Puedo tener el negocio en mi vivienda?

Depende del planeamiento y de la ordenanza de tu municipio. Algunos ayuntamientos tienen un trámite propio para despachos o servicios en la vivienda (Palma, por ejemplo, los trata como actividad inocua hasta 50 m²).

Con oficina y cita, municipio a municipio

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

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