Pedir el título de familia monoparental
El título o la acreditación de familia monoparental reconoce a la familia de un solo progenitor (y, en varias comunidades, otras situaciones parecidas) y da acceso a ventajas en ayudas, becas, colegios o vivienda. No hay título estatal: lo expiden algunas comunidades, cada una con sus requisitos, y en las demás se acredita con documentos en cada ayuda.

¿Dónde lo haces tú?
Lo que cambia según el sitio es el organismo, la oficina y la cita. Dinos tu municipio:
¿Se puede hacer por internet?
En parte, por internet
Donde existe, casi siempre se pide por la sede electrónica de la comunidad (en Baleares, la del consell insular). En las comunidades sin título no hay nada que pedir: cada ayuda te dirá qué documentos llevar.
Necesitas: Según la comunidad: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (en Cataluña, idCAT Mòbil; en Galicia, Chave365).
Quién lo lleva
En general: Comunidad autónoma de residencia (no hay título estatal). En España no hay un título estatal de familia monoparental: el proyecto de Ley de Familias de 2024, que lo preveía, no llegó a aprobarse y el Congreso lo dio por caducado (BOCG del 4 de noviembre de 2026). Solo algunas comunidades tienen su propio título o acreditación, con sus requisitos; en las demás, la situación se acredita con documentos en cada ayuda (libro de familia, sentencia…).
Con estas excepciones:
- Andalucía: Junta de Andalucía (Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de tu provincia). Desde el 21 de octubre de 2026 hay título de familia monoparental (Decreto 78/2026). Se pide, se renueva o se modifica por la Ventanilla Electrónica (VEAJA) o en cualquier registro, con el Anexo I. Hace falta llevar 6 meses viviendo en Andalucía (no se exige con protección internacional ni a víctimas de violencia de género).
- Aragón: Gobierno de Aragón (Dirección General de Familia, Infancia y Natalidad). Aragón expide el título de familia monoparental y su carné. Se pide por el tramitador de aragon.es con DNI electrónico, certificado o Cl@ve, o con la solicitud en un registro. Hay que estar empadronado en Aragón los 12 meses anteriores.
- Asturias: Principado de Asturias (Consejería competente en familia). Asturias reconoce la condición de familia monoparental por resolución (Decreto 19/2023); no hay carné. Se pide todo el año en el registro electrónico del Principado (con Cl@ve), en el de la Administración General del Estado o en una oficina de registro. Hace falta residir en Asturias los 12 meses anteriores (no se exige a víctimas de violencia de género ni a emigrantes retornados).
- Illes Balears: Consell insular de tu isla (en Mallorca, el Institut Mallorquí d'Afers Socials, IMAS). En Baleares el título de familia monoparental lo expide el consell insular donde estás empadronado (Ley 8/2018 y Decreto 28/2020). En Mallorca se pide preferentemente por el registro electrónico del Consell (certificado o DNI electrónico) o, con cita, en el IMAS de Palma o de Inca. Es gratuito.
- Canarias: Gobierno de Canarias (sin título). No hay título autonómico de familia monoparental en Canarias. Cada ayuda pide sus propios documentos: por ejemplo, en la admisión escolar la familia monoparental (patria potestad o tutela de una sola persona) se acredita con el libro de familia o una sentencia.
- Cantabria: Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS). Cantabria reconoce la condición de familia monoparental y expide el título y una tarjeta para cada miembro (Decreto 26/2019). Se pide en el registro electrónico de Cantabria, en el registro del ICASS, en otros registros, en Correos o en ayuntamientos con convenio. Es gratuito. Hay que residir en Cantabria los 12 meses anteriores.
- Castilla y León: Junta de Castilla y León (todavía sin título). No hay título autonómico de familia monoparental en Castilla y León: la Junta prepara el decreto que regulará su reconocimiento y acreditación, pero aún no está aprobado. Mientras, varias ayudas tienen mejoras para familias monoparentales (Bono Concilia y Bono Infantil, ayudas por reducción de jornada o excedencia, comedor escolar en casos de violencia de género…).
- Castilla-La Mancha: Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (sin título). No hay título autonómico de familia monoparental en Castilla-La Mancha. Cada ayuda pide sus propios documentos: en la admisión escolar 2026-2027, por ejemplo, la familia monoparental se acredita con el libro de familia o un certificado del Registro Civil.
- Cataluña: Generalitat de Catalunya (Departament de Drets Socials i Inclusió). Cataluña expide el título de familia monoparental y su carné, también en el móvil (La meva Cartera). Se pide por internet con certificado digital o idCAT Mòbil, o en una oficina de atención ciudadana con cita (por internet o en el 012). Es gratuito y hay que residir legalmente en Cataluña.
- Comunitat Valenciana: Generalitat Valenciana (Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia; dirección territorial de tu provincia). La Comunitat Valenciana expide el título de familia monoparental y un carné para cada miembro (Decreto 19/2018). Se pide en cualquier momento por la sede (certificado digital o Cl@ve) o en las direcciones territoriales y otros registros. No tiene tasa. Hay que llevar 12 meses viviendo en la Comunitat toda la familia.
- Extremadura: Junta de Extremadura (sin título). No hay título autonómico de familia monoparental en Extremadura. La Asamblea pidió en 2021 a la Junta una norma para reconocerlo y expedirlo, pero no consta que se haya aprobado. Extremadura sí tiene título de familia numerosa.
- Galicia: Xunta de Galicia (Consellería de Política Social e Igualdade). Galicia expide el certificado de familia monoparental (Ley 3/2011, art. 13). Se pide todo el año en la sede de la Xunta (procedimiento BS427A, con Chave365 u otra identificación de la sede) o en cualquier registro. Desde el 15 de enero de 2026 el certificado está en formato digital en la app XuntaEU y vale en Galicia.
- Comunidad de Madrid: Comunidad de Madrid (sin título). No hay título autonómico de familia monoparental en la Comunidad de Madrid. El proyecto de decreto para reconocer y acreditar a las familias monoparentales se archivó en 2023. Cada ayuda o convocatoria pide sus propios documentos para acreditarlo.
- Región de Murcia: Región de Murcia (Dirección General de Familias, Infancia y Conciliación). Murcia reconoce la condición de familia monoparental con título y carné (Ley 1/2023). Se pide en cualquier momento por la sede electrónica (DNI electrónico, certificado o Cl@ve) o en un registro. Es gratuito. Hay que residir en la Región al menos 6 meses.
- Navarra: Gobierno de Navarra (Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas). Navarra acredita a las familias monoparentales y a las que están «en situación de monoparentalidad», con un carné para cada miembro (Ley Foral 5/2019). Se pide en línea (certificado, DNI electrónico o Cl@ve) o en persona en la Agencia (con cita), en los servicios sociales de base, en las unidades de barrio de Pamplona, con la trabajadora social del centro de salud o en un registro. Hace falta residir en Navarra más de medio año.
- País Vasco: Gobierno Vasco (Dirección de Infancia, Adolescencia y Familias). Desde el 1 de enero de 2026 el Gobierno Vasco reconoce la condición de familia monoparental con un certificado digital y el alta en un censo (Decreto 232/2025). Se pide en línea en euskadi.eus o, rellenando el formulario, en Zuzenean o en un registro. Hacen falta residencia legal y 12 meses empadronado en Euskadi.
- La Rioja: Gobierno de La Rioja (dirección general competente en familia). La Rioja tiene una ley de familias monoparentales (Ley 3/2023) que prevé un título gratuito, pero en marzo de 2025 el Parlamento de La Rioja constataba que aún faltaba el reglamento para aplicarla. Pregunta en el Gobierno de La Rioja si ya se puede pedir.
- Ceuta: Ciudad Autónoma de Ceuta (sin título). No hay título autonómico de familia monoparental en Ceuta: su sede solo tiene el de familia numerosa. Las ayudas sociales tienen en cuenta a las familias monoparentales, y cada una pide sus documentos.
- Melilla: Ciudad Autónoma de Melilla (sin título). No hay título autonómico de familia monoparental en Melilla: su sede solo tiene el de familia numerosa. Las ayudas sociales y la admisión en escuelas infantiles piden documentos que acrediten la situación en cada caso.
Qué llevar
- Solicitud en el modelo oficial de tu comunidad y, a menudo, una declaración responsable de que no tienes pareja ni convives con otra persona como pareja.
- Libro de Familia o certificados de nacimiento de los hijos.
- Documento de identidad (y, si eres extranjero, la documentación de residencia) y empadronamiento, si no autorizas que lo consulten.
- Según el caso: certificado de defunción del otro progenitor, sentencia o convenio de custodia, sentencia o denuncia por impago de la pensión de alimentos, acreditación de violencia de género, resolución de acogimiento o tutela, certificado de discapacidad.
- Para los hijos mayores de 21 años, la matrícula de estudios; y, donde haya límite, los datos de ingresos.
- Cuánto cuesta
- Gratuito en las fichas oficiales consultadas (Mallorca, Cantabria, Cataluña, Comunitat Valenciana, Murcia; en La Rioja, lo dice la ley).
- Cuánto tarda
- Según la comunidad: en Cantabria, 2 meses; en Andalucía, Aragón, Baleares, Galicia, Murcia y Navarra, 3 meses; en Asturias, Comunitat Valenciana y País Vasco, 6 meses. En casi todas, si no te contestan a tiempo, se entiende concedido. En Cataluña, en persona puede salir al momento.
Conviene saber
- El título es de tu comunidad y sirve para sus ayudas y ventajas (la Xunta dice expresamente que el suyo solo vale en Galicia). Si te mudas, pide el de tu nueva comunidad, si lo tiene.
- Comunica los cambios (una nueva pareja, que un hijo deje de cumplir los requisitos, un cambio de domicilio) en el plazo de tu comunidad: en Navarra y el País Vasco, 15 días; en Asturias y la Comunitat Valenciana, 3 meses.
- Casarte o formar una pareja de hecho te hace perder la condición (lo dicen expresamente Andalucía, Asturias y la Comunitat Valenciana).
- Si también eres familia numerosa, en Andalucía y Cataluña los dos títulos son compatibles, pero no se suman los beneficios de la misma clase.
Preguntas frecuentes
¿Hay un título de familia monoparental para toda España?
No. El proyecto de Ley de Familias de 2024 lo preveía, pero no se aprobó: el Congreso lo dio por caducado en noviembre de 2026. Solo hay títulos autonómicos.
¿En qué comunidades existe?
A 6 de noviembre de 2026: Andalucía, Aragón, Asturias, Illes Balears, Cantabria, Cataluña, Comunitat Valenciana, Galicia, Murcia, Navarra y País Vasco. La Rioja tiene ley, pero faltaba el reglamento. En Castilla y León está en preparación. Canarias, Castilla-La Mancha, Extremadura, Madrid, Ceuta y Melilla no lo tienen.
¿Quién se considera familia monoparental?
Depende de la comunidad. Siempre, la de un solo progenitor (o tutor o acogedor) con hijos a cargo que conviven con él y sin pareja. Muchas añaden la viudedad, la custodia exclusiva (a veces con límite de ingresos o si no se paga la pensión de alimentos), la violencia de género o que el otro progenitor esté en prisión u hospitalizado mucho tiempo.
¿Hay alguna deducción estatal en el IRPF?
Sí: la Ley del IRPF (art. 81 bis) da hasta 1.200 € al año al ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a pensión de alimentos y por los que tenga todo el mínimo por descendientes. Es para quien trabaja dado de alta en la Seguridad Social o cobra prestaciones por desempleo o pensiones. No exige título autonómico.
¿Hasta qué edad cuentan los hijos?
En general, hasta los 21 años, y hasta los 25 o 26 si estudian; sin límite si tienen discapacidad. En Andalucía, Aragón y la Comunitat Valenciana, hasta los 26 sin exigir estudios. Casi todas exigen que los hijos convivan y tengan pocos ingresos.
Fuentes oficiales
Comprobado el 6 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Congreso de los Diputados: Proyecto de Ley de Familias (121/000011), caducado congreso.es
- Ley 35/2006 del IRPF, art. 81 bis (texto consolidado, BOE) boe.es
- Ley Foral 5/2019, para la acreditación de las familias monoparentales en Navarra (BOE) boe.es
- Ley 1/2023, de reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Región de Murcia (BOE) boe.es
- Generalitat de Catalunya: título de familia monoparental tramits.gencat.cat
- Gobierno Vasco: reconocimiento de la condición de familia monoparental euskadi.eus
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