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Pedir la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad

La tarjeta de estacionamiento te deja aparcar en las plazas reservadas y más cerca de tu destino si tienes una discapacidad con movilidad reducida o una agudeza visual muy baja. Vale en toda España y se reconoce en la Unión Europea. La da el ayuntamiento de tu domicilio con el dictamen de tu comunidad o, en algunas comunidades, la propia comunidad.

¿Dónde lo haces tú?

Lo que cambia según el sitio es el organismo, la oficina y la cita. Dinos tu municipio:

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende de quién la expida: la mayoría de las comunidades que la dan (Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, La Rioja, Navarra) y muchos ayuntamientos la tramitan en su sede electrónica; otros solo en persona o en un registro.

Necesitas: Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico en las sedes que lo permiten.

Quién lo lleva

En general: Ayuntamiento de tu domicilio, con el dictamen de movilidad del centro de valoración de la discapacidad de tu comunidad (en algunas comunidades la expide la propia comunidad). Pide la tarjeta en tu ayuntamiento o, donde la expide la comunidad, en su sede electrónica o en un registro. Necesitas tener reconocida la discapacidad y un dictamen de movilidad reducida o de agudeza visual de los equipos de valoración, que es preceptivo y vinculante.

Con estas excepciones:

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuita en la mayoría de comunidades y ayuntamientos. Hay tasa en algunos sitios, como Palma (modelo 046 de la ATIB) y Melilla.
Cuánto tarda
Depende de la comunidad: el dictamen de movilidad tarda de uno a tres meses si no lo tienes, y la resolución, de 2 a 6 meses como máximo. Algunos ayuntamientos te la dan en el momento si llevas el dictamen.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién puede tenerla?

Las personas con discapacidad reconocida que tengan movilidad reducida, o una agudeza visual de 0,1 o menos en el mejor ojo con corrección, o un campo visual de 10 grados o menos, según el dictamen de los equipos de valoración. También las entidades con vehículos de transporte colectivo de personas con discapacidad. Algunas comunidades añaden más casos (RD 1056/2014, art. 3).

¿Necesito antes el certificado de discapacidad?

Sí: hay que tener reconocida la discapacidad y valorada la movilidad o la vista. Si tu resolución ya incluye la movilidad reducida, normalmente basta con ella; si no, quien tramita la tarjeta pide el dictamen al centro de valoración.

¿Vale en toda España y en Europa?

Vale en toda España. En los demás países de la Unión Europea también se reconoce, pero se usa con las normas de aparcamiento de cada país (RD 1056/2014, art. 4).

¿Cuánto dura?

Lo decide cada comunidad: de 5 años (lo más común) a 10 años, o indefinida en Andalucía; si tu grado o tu dictamen son temporales, hasta su revisión. La provisional por razones humanitarias dura un año como máximo y se puede prorrogar.

¿Puede usarla un familiar sin mí?

No. Es personal e intransferible: solo se usa cuando la persona titular conduce o va en el vehículo (RD 1056/2014, art. 6).

¿La pido en el ayuntamiento o en la comunidad?

En el ayuntamiento, salvo en Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha y La Rioja, donde la da la comunidad, y en Ceuta y Melilla, donde la da la ciudad autónoma.

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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