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Pedir la tarjeta sanitaria

La tarjeta sanitaria individual te identifica en los centros de salud, hospitales y farmacias de la sanidad pública. La da el servicio de salud de la comunidad donde vives (el INGESA en Ceuta y Melilla), casi siempre en tu centro de salud, cuando el INSS te ha reconocido el derecho a la asistencia. Se pide la primera vez, al mudarte a otra comunidad y si la pierdes o se estropea.

¿Dónde lo haces tú?

Lo que cambia según el sitio es el organismo, la oficina y la cita. Dinos tu municipio:

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende de la comunidad. La primera tarjeta se puede pedir por internet en Cataluña, Galicia, Navarra, Baleares, la Comunitat Valenciana y Murcia (y en Cantabria por su registro electrónico); en Madrid la vía electrónica está suspendida. El duplicado se pide por internet en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Baleares, Galicia, Navarra y la Comunitat Valenciana. El reconocimiento del derecho se pide al INSS en su sede electrónica.

Necesitas: Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico, según la comunidad. La consulta del derecho en el INSS se puede hacer sin certificado.

Ir a la sede oficial

Quién lo lleva

En general: Servicio de salud de tu comunidad autónoma (INGESA en Ceuta y Melilla), con el derecho a la asistencia reconocido por el INSS. La tarjeta la da el servicio de salud de la comunidad donde vives, casi siempre en tu centro de salud. Antes, el INSS tiene que haberte reconocido el derecho a la asistencia sanitaria: si trabajas, cobras una pensión o una prestación, lo hace de oficio; si no, se pide en su sede electrónica o con cita en un CAISS.

Con estas excepciones:

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuita. Excepción: en la Comunitat Valenciana el duplicado por pérdida cuesta 3,15 € (tasa 046-9679, Ley 20/2017 de tasas de la Generalitat).
Cuánto tarda
Al pedirla te dan un resguardo o documento provisional que ya sirve para que te atiendan (en Aragón y Extremadura, 3 meses). La tarjeta llega por correo o al centro de salud en unas semanas: en Madrid, 3 o 4; en Andalucía, el duplicado en unos 15 días; en Galicia, si no llega en dos meses, reclama.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién la da: el INSS o la comunidad?

Las dos cosas son distintas: el INSS (o el ISM, para el régimen del mar) reconoce el derecho a la asistencia sanitaria, y el servicio de salud de tu comunidad (el INGESA en Ceuta y Melilla) emite la tarjeta.

¿Cómo pido el derecho a la asistencia al INSS?

En la sede electrónica de la Seguridad Social con certificado o Cl@ve, sin certificado en su plataforma de trámites, por correo o en un CAISS con cita previa. Es la solicitud de asistencia sanitaria (modelo 6-071).

Me he mudado a otra comunidad: ¿qué hago?

Empadrónate en tu nuevo municipio y pide la tarjeta en el centro de salud de tu nuevo domicilio. Algunas comunidades te piden que entregues la tarjeta de la anterior.

La he perdido: ¿cómo pido otra?

En tu centro de salud y, en varias comunidades, también por internet. Solo en la Comunitat Valenciana se paga tasa por pérdida.

Soy extranjero sin residencia legal: ¿tengo derecho?

Sí, con requisitos (entre ellos, acreditar que vives en España). Desde 2026 lo regula el Real Decreto 180/2026; se pide en el centro de salud y te dan un documento propio, no siempre la tarjeta.

¿Hay tarjeta en el móvil?

Sí, en muchas comunidades hay tarjeta sanitaria virtual en la app de su servicio de salud, con la misma validez que la física dentro de esa comunidad.

Fuentes oficiales

Comprobado el 4 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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