Cambiar de titular un vehículo (transferencia)
Cuando compras un coche o una moto de segunda mano a un particular, tienes 30 días para ponerlo a tu nombre en la DGT. Antes hay que pagar (o declarar exento) el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la Hacienda de tu comunidad o, en el País Vasco y Navarra, en la Hacienda foral. El vendedor, por su parte, debe notificar la venta a la DGT cuanto antes.

¿Dónde lo haces tú?
Lo que cambia según el sitio es el organismo, la oficina y la cita. Dinos tu municipio:
¿Se puede hacer por internet?
Sí, por internet
El asistente de transferencias de la DGT te guía según quién compra y quién vende, y te lleva al registro electrónico, donde adjuntas el contrato y el justificante del impuesto y pagas la tasa. La DGT no garantiza plazo para estas solicitudes. El impuesto se paga por internet en casi todas las comunidades (ver la tuya).
Necesitas: Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
Ir a la sede oficialQuién lo lleva
En general: Dirección General de Tráfico (DGT) y Hacienda de tu comunidad (impuesto). 1) El comprador paga o declara exento el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la Hacienda de su comunidad. 2) Pide el cambio de titular a la DGT en 30 días: por internet con el asistente de transferencias o en una Jefatura de Tráfico con cita. 3) El vendedor notifica la venta a la DGT cuanto antes.
Con estas excepciones:
- Andalucía: DGT y Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN). En Andalucía, el impuesto de un vehículo usado se paga con el modelo 621 en la Plataforma Telemática de Pago y Presentación de la Junta (con identificación electrónica), en los dos meses siguientes al contrato. Tipo: 4 % en general y 8 % para turismos y todoterrenos de más de 15 CV fiscales. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Aragón: DGT y Administración Tributaria de Aragón. En Aragón, el impuesto se paga con el servicio de autoliquidación de vehículos usados, por internet (DNI electrónico, certificado o Cl@ve), en el mes siguiente a la compra. Si lo pagas con tarjeta por internet, la DGT recibe el aviso (código CET) y no tienes que llevar el justificante; si lo pagas en el banco, el cambio en Tráfico es en persona. Vehículos de más de 10 años: 0 € hasta 1.000 cc (sin ningún trámite), 20 € de 1.000 a 1.500 cc y 30 € de 1.500 a 2.000 cc. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Asturias: DGT y Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias. En Asturias, el impuesto se paga con el modelo 620 en la sede de Tributasenasturias, en los 30 días hábiles siguientes a la compra. Tipo: 4 %, y 8 % para turismos y todoterrenos de más de 15 CV fiscales. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Illes Balears: DGT y Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB). En las Illes Balears, el impuesto se paga con el modelo 620 en el portal de la ATIB (con Cl@ve). Tipo: 4 % en general, 8 % para turismos y todoterrenos de más de 15 CV, 2 % para vehículos con etiqueta ECO y 0 % para los de cero emisiones. Los ciclomotores no tienen que presentarlo. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Canarias: DGT y Agencia Tributaria Canaria. En Canarias, el impuesto se paga con el modelo 620 en el mes siguiente al contrato, por internet en la sede del Gobierno de Canarias o en las oficinas de la Agencia Tributaria Canaria (por el registro electrónico general no vale). Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Cantabria: DGT y Agencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT). En Cantabria, el impuesto de un vehículo usado se presenta en la oficina virtual de la ACAT, en los 30 días hábiles siguientes a la firma del contrato. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Castilla y León: DGT y Junta de Castilla y León (Dirección General de Tributos). En Castilla y León, el impuesto se paga con el modelo 620 WEB, que se conecta con la DGT y genera el código CET; se puede pagar por internet. Plazo: 30 días hábiles desde el contrato. Tipo: 5 %. Si lo presentas por internet, tienes 15 días para aportar la documentación. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Castilla-La Mancha: DGT y Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Consejería de Hacienda). En Castilla-La Mancha, el impuesto se paga con el modelo 620 en el Portal Tributario, con Cl@ve, DNI electrónico o certificado; con identificación toma los datos de la DGT y genera el código CET. Plazo: un mes desde la compra. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Cataluña: DGT y Agència Tributària de Catalunya (ATC). En Cataluña, el impuesto se paga con el modelo 620 en la sede de la ATC (certificado digital, idCAT Mòbil o similar), en el mes siguiente a la compra; al pagar por internet se genera el código CET. Tipo: 5 % (0 % para vehículos de cero emisiones, que igualmente hay que presentar). No hay que presentar nada si el vehículo tiene 10 años o más (salvo históricos y los que costaban 40.000 € o más el primer año) ni para ciclomotores. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Comunitat Valenciana: DGT y Agència Tributària Valenciana (ATV). En la Comunitat Valenciana, el impuesto se paga con el modelo 620 y su carta de pago 917, que se pueden hacer por internet en la web de la ATV (con simulador), en el mes siguiente al contrato. Si el vehículo vale menos de 20.000 € y tiene más de 5 años, vas directamente a Tráfico con el 620 y la 917 pagada. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Extremadura: DGT y Junta de Extremadura (Dirección General de Tributos). En Extremadura, el impuesto se presenta con el modelo 620 en la oficina o con el 623 por internet (certificado electrónico y AutoFirma), en el mes siguiente al contrato. Tipo: 6 % (4 % para comerciales ligeros de una actividad económica). Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Galicia: DGT y Axencia Tributaria de Galicia (ATRIGA). En Galicia, el impuesto se paga con el modelo 620 en la Oficina Virtual Tributaria o en persona (con cita, el personal de ATRIGA te lo prepara), en el mes siguiente a la compra. Tipo: 3 % (0 % para cero emisiones); los turismos y todoterrenos de 15 años o más pagan una cuota fija. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Comunidad de Madrid: DGT y Comunidad de Madrid (Dirección General de Tributos). En la Comunidad de Madrid, el modelo 620 se presenta y se paga obligatoriamente por internet, en la Oficina Virtual Tributaria (certificado, Cl@ve o DNI electrónico), en los 30 días hábiles siguientes a la compra; después se imprime para la DGT. Tipo: 4 % (reducción del 70 % para autoescuelas y taxis). Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Región de Murcia: DGT y Agencia Tributaria de la Región de Murcia (ATRM). En la Región de Murcia, el impuesto se paga con el modelo 620 por internet o en las oficinas de la ATRM (con cita), en los 30 días hábiles siguientes a la compra; se paga en entidades colaboradoras, banca online o con tarjeta. No hay que presentarlo si la cuota es cero: vehículos de más de 12 años y hasta 1.000 cc. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- La Rioja: DGT y Gobierno de La Rioja (Dirección General de Tributos). En La Rioja, el impuesto se paga con el modelo 620 por internet (programa GRIAR WEB y certificado digital) o en persona con cita, en los 30 días hábiles siguientes a la compra. Tipo: 4 %. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Ceuta: DGT y Agencia Tributaria (Delegación de Ceuta). En Ceuta, el impuesto lo gestiona la Agencia Tributaria del Estado: modelo 620, que se paga en una entidad colaboradora y se presenta en persona con cita, en los 30 días hábiles siguientes a la compra (también si está exento). Tipo: 4 %, con una bonificación del 50 % si el comprador reside en Ceuta. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Melilla: DGT y Agencia Tributaria (Delegación de Melilla). En Melilla, el impuesto lo gestiona la Agencia Tributaria del Estado: modelo 620, que se paga en una entidad colaboradora y se presenta en persona con cita, en los 30 días hábiles siguientes a la compra (también si está exento). Tipo: 4 %, con una bonificación del 50 % si el comprador reside en Melilla. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Navarra: DGT y Hacienda Foral de Navarra. En Navarra, el impuesto se paga a Hacienda Foral con el modelo 620, en los dos meses siguientes a la compra: por internet (certificado, DNI electrónico, DNI y PIN de Hacienda o Cl@ve) o en papel, pagando en el banco y yendo después a Tráfico sin pasar por Hacienda. Navarra usa sus propias tablas de valores de vehículos. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Araba/Álava: DGT y Diputación Foral de Álava (Hacienda). En Álava, el impuesto se paga a la Diputación Foral con el modelo 620 TV: se rellena con el programa de araba.eus, lo firman comprador y vendedor, se presenta con cita en el Servicio de Relación con los Contribuyentes, se paga y se vuelve a que lo sellen. No se presenta por internet. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Gipuzkoa: DGT y Diputación Foral de Gipuzkoa (Hacienda y Finanzas). En Gipuzkoa, el impuesto se paga a la Diputación Foral con el modelo 620, por internet en ZergaBidea o en la oficina, donde lo rellena el personal de Hacienda, en los 30 días hábiles siguientes a la compra. Tipo: 4 %. Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
- Bizkaia: DGT y Hacienda Foral de Bizkaia. En Bizkaia, el impuesto se paga a la Hacienda Foral: con el modelo 620 en persona (sección de vehículos en Bilbao y oficinas comarcales) o con el 621 por internet. Después, el cambio de titular en la Jefatura de Tráfico de Bizkaia, con cita, o por internet, en los 30 días siguientes a la compra.
Qué llevar
- Solicitud en el impreso oficial de cambio de titularidad (modelo 02), firmada por comprador y vendedor; también la dan en las Jefaturas.
- Contrato de compraventa firmado por los dos en todas sus hojas, o factura si vende una empresa (si la solicitud la firman los dos, en la Jefatura no hace falta el contrato).
- Documento de identidad original del comprador: DNI, permiso de conducir español, tarjeta de residencia o pasaporte con NIE. Siempre el original, aunque vaya otra persona.
- Justificante del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620 o 621 según la comunidad) pagado, exento o no sujeto. Si vende una empresa, basta la factura.
- Justificante de la tasa 1.5 pagada (o pagarla en la Jefatura con tarjeta, nunca en efectivo).
- Si va otra persona: autorización en el Registro de apoderamientos de la DGT o el modelo «Otorgamiento de representación» firmado.
- Cuánto cuesta
- Tasa 1.5 de la DGT: 55,70 € según la ficha del trámite en la sede (la tabla PDF de tasas de la misma sede aún dice 55,15 €). Ciclomotores: tasa 1.2, 27,85 € (el PDF dice 27,57 €). Notificación de venta (vendedor): tasa 4.1, 8,67 €. Además, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de tu comunidad o territorio foral, que se calcula sobre el precio pactado o, si es mayor, el valor de las tablas oficiales de precios medios de vehículos de 2026.
- Cuánto tarda
- El comprador tiene 30 días desde la firma del contrato para pedir el cambio. En la Jefatura te dan el nuevo permiso de circulación en el momento (solo vale con la ITV en vigor). El impuesto tiene su propio plazo, de 30 días hábiles a dos meses según la comunidad.
Conviene saber
- Vendedor: haz la notificación de venta a la DGT nada más vender. Mientras el comprador no haga el cambio, las multas de radar, el seguro o la ITV te siguen llegando a ti; desde la notificación ya no respondes de las sanciones.
- Antes de comprar, pide el informe reducido del vehículo en la sede de la DGT: con señal verde se puede transferir. El informe completo cuesta 8,67 € (tasa 4.1).
- El vehículo tiene que estar de alta, con el impuesto de circulación del año anterior pagado, sin multas del vehículo pendientes y sin reserva de dominio (salvo que la financiera lo autorice o te subrogues).
- Pon en el contrato la hora exacta de entrega del vehículo y guarda copia del DNI de la otra parte.
- En la oficina solo atienden a particulares: las empresas tienen que hacerlo por internet.
- Si el impuesto se paga por internet, en varias comunidades se genera el Código Electrónico de Transferencia (CET), que la DGT recibe directamente.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el Impuesto de Transmisiones?
El comprador, en la comunidad donde tiene su residencia habitual. Si vende una empresa o un profesional, normalmente lleva IVA y no se paga este impuesto: basta la factura.
Me lo han regalado o lo he heredado: ¿es lo mismo?
El plazo es de 30 días desde la donación (90 en una herencia), pero el impuesto es el de Sucesiones y Donaciones, no el de Transmisiones. La tasa de la DGT es la misma.
¿Se puede transferir un coche embargado o con reserva de dominio?
Con embargo o precinto, sí, si el comprador firma que lo sabe (con precinto no se puede circular hasta levantarlo). Con reserva de dominio, no, hasta que la financiera la cancele en el Registro de Bienes Muebles o el comprador asuma la deuda.
¿Cuánto tarda?
En la Jefatura, con cita, te dan el permiso de circulación nuevo al momento. Por internet, la DGT no garantiza plazo y te avisa por correo electrónico cuando lo tramita.
¿Y un ciclomotor?
Mismo plazo de 30 días, con la tasa 1.2 (27,85 €).
¿Lo puede hacer una gestoría?
Sí. La DGT recuerda que compruebes que es fiable, leas lo que firmas y pidas copia de todo.
Provincia a provincia
Fuentes oficiales
Comprobado el 4 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Transferencias de vehículos (Sede DGT) sede.dgt.gob.es
- Notificación de venta (Sede DGT) sede.dgt.gob.es
- Asistente de transferencias (Sede DGT) sede.dgt.gob.es
- Importe de las tasas de la DGT (PDF) sede.dgt.gob.es
- Orden HAC/1501/2025, precios medios de venta de vehículos para 2026 (BOE) boe.es
- ITP de vehículos usados en Ceuta y Melilla (Agencia Tributaria) sede.agenciatributaria.gob.es







