Apostillar o legalizar un documento para usarlo en el extranjero
Para que un documento público español (un certificado, una sentencia, una escritura, un título) valga en otro país, muchas veces hay que certificar que la firma es auténtica. En los países del Convenio de La Haya de 1961 basta con la apostilla, que ponen el Ministerio de Justicia, los Tribunales Superiores de Justicia o los Colegios Notariales. En los demás países hace falta la legalización diplomática. Entre países de la UE, algunos documentos no necesitan ninguna de las dos.

¿Dónde lo haces tú?
Lo que cambia según el sitio es el organismo, la oficina y la cita. Dinos tu municipio:
¿Se puede hacer por internet?
En parte, por internet
La apostilla electrónica se pide en la sede del Ministerio de Justicia, adjuntando el documento, y se recibe en formato electrónico con el documento vinculado. Por ahora solo vale para algunos certificados electrónicos del Ministerio: antecedentes penales, delitos de naturaleza sexual, sentencias firmes de menores, certificados del Registro Civil firmados electrónicamente con CSV, últimas voluntades y seguros de cobertura de fallecimiento. Los demás documentos tienen que llevar firma manuscrita y se apostillan en persona o por correo.
Necesitas: Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
Ir a la sede oficialQuién lo lleva
En general: Ministerio de Justicia (Oficina Central y Gerencias Territoriales), Secretarías de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia y Colegios Notariales. Para un país del Convenio de La Haya, lleva el documento original a una Gerencia Territorial de Justicia (con cita), a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de tu comunidad o, si es un documento notarial, al Colegio Notarial. Algunos certificados electrónicos del Ministerio se apostillan por internet. Para un país que no es del Convenio, hay que legalizarlo en el Ministerio de Asuntos Exteriores y después en la embajada o el consulado de ese país.
Con estas excepciones:
- Andalucía: Andalucía: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a una de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia en Andalucía (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de Andalucía.
- Aragón: Aragón: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a la Gerencia Territorial de Justicia de Aragón (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de Aragón.
- Asturias: Principado de Asturias: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a la Gerencia Territorial de Justicia de Asturias (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de Asturias.
- Illes Balears: Illes Balears: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a la Gerencia Territorial de Justicia de Illes Balears (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de las Islas Baleares.
- Canarias: Canarias: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a una de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia en Canarias (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de las Islas Canarias.
- Cantabria: Cantabria: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a la Gerencia Territorial de Justicia de Cantabria (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de Cantabria.
- Castilla y León: Castilla y León: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a una de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia en Castilla y León (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de Castilla y León.
- Castilla-La Mancha: Castilla-La Mancha: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a la Gerencia Territorial de Justicia de Castilla-La Mancha (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de Castilla-La Mancha.
- Cataluña: Cataluña: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a la Gerencia Territorial de Justicia de Cataluña (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de Cataluña.
- Comunitat Valenciana: Comunitat Valenciana: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a la Gerencia Territorial de Justicia de la Comunitat Valenciana (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de Valencia.
- Extremadura: Extremadura: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a la Gerencia Territorial de Justicia de Extremadura (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de Extremadura.
- Galicia: Galicia: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a la Gerencia Territorial de Justicia de Galicia (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de Galicia.
- Comunidad de Madrid: Comunidad de Madrid: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. En Madrid: en la Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia (calle de la Bolsa, 8), con cita, o en la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia (calle del General Castaños, 1), sin cita, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00. Los documentos notariales, en el Colegio Notarial de Madrid.
- Región de Murcia: Región de Murcia: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a la Gerencia Territorial de Justicia de Murcia (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de Murcia.
- Navarra: Navarra: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a la Gerencia Territorial de Justicia de Navarra (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de Navarra.
- País Vasco: País Vasco: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. En el País Vasco apostilla la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia, en el Palacio de Justicia de Bilbao, sin cita previa en horario de atención. También la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Bilbao, con cita. Los documentos notariales y las firmas legitimadas ante notario, en el Colegio Notarial (Bilbao, San Sebastián o Vitoria), sin cita.
- La Rioja: La Rioja: Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia y Colegio Notarial. Lleva el documento original a la Gerencia Territorial de Justicia de La Rioja (con cita) o a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de La Rioja.
- Ceuta: Ceuta: Ministerio de Justicia y Secretaría de Gobierno de la ciudad. Lleva el documento original a la Oficina delegada de Ceuta (Gerencia de Sevilla) (con cita) o a la Secretaría de Gobierno de la ciudad de Ceuta. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de Andalucía.
- Melilla: Melilla: Ministerio de Justicia y Secretaría de Gobierno de la ciudad. Lleva el documento original a la Oficina delegada de Melilla (Gerencia de Málaga) (con cita) o a la Secretaría de Gobierno de la ciudad de Melilla. Los documentos notariales, al Colegio Notarial de Andalucía.
Qué llevar
- El documento público original con firma manuscrita (o una copia auténtica expedida por el mismo organismo). Por internet, el certificado electrónico con su CSV.
- Por correo: el modelo de solicitud de legalizaciones y apostillas del Ministerio de Justicia, con el número de documentos y el país de destino.
- Algunos documentos necesitan antes un reconocimiento de firma: pregunta al organismo que lo expidió qué pasos hay que dar.
- Un documento privado (un contrato, una autorización) no se apostilla: primero hay que legitimar la firma ante notario, y luego el Colegio Notarial apostilla esa legitimación.
- Para la legalización en Exteriores, si el documento no está en español, su traducción oficial con firma manuscrita.
- Cuánto cuesta
- El Ministerio de Justicia y los Tribunales Superiores de Justicia no publican ninguna tasa por la apostilla. Los Colegios Notariales sí cobran: por ejemplo, el de Cantabria, 18 € (28 € urgente). La legalización en el Ministerio de Asuntos Exteriores es gratuita.
- Cuánto tarda
- En persona, normalmente en el momento o en pocos días (el Colegio Notarial del País Vasco la entrega al tercer día hábil, o el mismo día por el servicio urgente). La apostilla electrónica se puede descargar durante un año y comprobar durante 25. La legalización en Exteriores se hace en el momento si vas en persona, y por correo tarda unos 15 días hábiles.
Conviene saber
- Mira primero si el país de destino es del Convenio de La Haya: si lo es, el documento se apostilla y no se legaliza. La lista de países la publica el Ministerio de Justicia.
- Dentro de la UE no hace falta apostilla para los documentos públicos sobre nacimiento, defunción, estar con vida, nombre, matrimonio, divorcio, pareja de hecho, filiación o adopción, domicilio, nacionalidad, ausencia de antecedentes penales y derecho de voto en elecciones europeas o municipales (Reglamento (UE) 2016/1191, desde el 16 de febrero de 2019). Puedes pedir además un impreso multilingüe que sirve de traducción; no vale solo, va siempre con el documento.
- Aunque el documento esté exento en la UE, las autoridades de otro país de la UE tienen que seguir aceptando los documentos apostillados.
- Para un país que no es del Convenio: primero las vías previas según el documento (por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia o el Ministerio de Justicia para el Registro Civil y las sentencias, o el Colegio Notarial para las escrituras), luego el Servicio de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores (calle del General Pardiñas, 55, Madrid, sin cita, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00) y, al final, la embajada o el consulado en España del país de destino.
- En el Servicio de Legalizaciones de Exteriores se admiten como máximo 3 documentos por persona (6 por familia, 10 si vas como profesional acreditado y 20 si es una empresa autorizada). No legaliza firmas electrónicas ni fotocopias.
- No se apostillan los documentos de las embajadas y los consulados, los documentos administrativos de operaciones comerciales o aduaneras ni los documentos privados.
- Los documentos del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional los apostilla solo su propio Secretario de Gobierno.
- Quien recibe el documento puede comprobar la apostilla en el Registro Electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia, con su CSV, su número y su fecha.
- Si el certificado de últimas voluntades, de antecedentes penales o del Registro Civil lo pides electrónico, puedes apostillarlo después por internet sin ir a ninguna oficina.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre apostilla y legalización?
Las dos certifican que la firma y el sello del documento son auténticos. La apostilla es un solo sello que vale en todos los países del Convenio de La Haya de 1961. La legalización diplomática es para los demás países y tiene varios pasos: Exteriores en España y, después, la embajada o el consulado del país de destino.
¿Dónde apostillo un certificado del Registro Civil (nacimiento, matrimonio)?
Si es electrónico con CSV, por internet en la sede del Ministerio de Justicia. Si es en papel con firma manuscrita, en una Gerencia Territorial de Justicia, en la Oficina Central de Madrid o en la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia. Para un país de la UE, mira antes si te basta con el certificado y el impreso multilingüe.
¿Y una escritura o un poder notarial?
Los documentos notariales (escrituras, actas, poderes, legitimaciones de firma, testimonios) los apostilla el Colegio Notarial, desde cualquier lugar de España.
¿Se apostilla una fotocopia?
No: hace falta el original o una copia auténtica. Si quieres apostillar una copia, pide en una notaría un testimonio notarial del documento y apostilla ese testimonio en el Colegio Notarial.
¿Tengo que ir a mi comunidad?
No. Las Gerencias Territoriales, los Tribunales Superiores de Justicia y los Colegios Notariales apostillan documentos de cualquier lugar de España.
¿Puedo mandarlo por correo?
Sí, a la Sección de Legalizaciones de la Oficina Central del Ministerio de Justicia (calle de la Bolsa, 8, 28071 Madrid) o a la Secretaría de Gobierno de un Tribunal Superior de Justicia, con el modelo de solicitud y el documento original. Te lo devuelven a la dirección en España que indiques; al extranjero, solo si lo pides desde allí.
Tengo un documento extranjero para usarlo en España: ¿lo apostillo aquí?
No. Un documento extranjero se apostilla en el país que lo expidió, si es del Convenio. Si no lo es, lo legaliza el Ministerio de Asuntos Exteriores de ese país y después la embajada o el consulado de España allí.
Fuentes oficiales
Comprobado el 6 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Legalización única o Apostilla de La Haya (Ministerio de Justicia) mjusticia.gob.es
- Apostilla electrónica (sede del Ministerio de Justicia) sede.mjusticia.gob.es
- Solicitud de apostilla presencial (Ministerio de Justicia) mjusticia.gob.es
- Real Decreto 1497/2011, autoridades competentes para la Apostilla (BOE) boe.es
- Legalización diplomática (Ministerio de Asuntos Exteriores) exteriores.gob.es
- Servicio de legalizaciones (Ministerio de Asuntos Exteriores) exteriores.gob.es
- Exención de legalización o apostilla en la Unión Europea (Ministerio de Justicia, PDF) mjusticia.gob.es
- Colegios Notariales (Consejo General del Notariado) notariado.org
¿Algo no es correcto? Avísanos de una dirección, un teléfono, un horario o un enlace que haya cambiado.
Otros trámites
Registro Civil, certificados y nacionalidadDel mismo tema
- Cambiar el nombre o los apellidos
- Casarse por lo civil (expediente matrimonial)
- Inscribir un nacimiento en el Registro Civil
- Pedir el certificado de antecedentes penales
- Pedir el certificado de delitos de naturaleza sexual
- Pedir el certificado de últimas voluntades (y el de seguros de vida)
- Pedir la nacionalidad española por residencia
- Pedir un certificado de defunción
- Pedir un certificado de matrimonio
- Pedir un certificado de nacimiento
- Pedir una fe de vida (y estado)
DNI, pasaporte e identidad digital
Padrón e impuestos municipales
Trabajo y Seguridad Social
- Darse de alta como autónomo
- Inscribirse como demandante de empleo (y renovar la demanda)
- Pedir el informe de vida laboral
- Pedir el ingreso mínimo vital
- Pedir el número de la Seguridad Social
- Pedir el paro
- Pedir el subsidio para mayores de 52 años
- Pedir la baja médica (incapacidad temporal)
- Pedir la incapacidad permanente
- Pedir la pensión de jubilación
- Pedir la pensión de viudedad
Hacienda
Tráfico
- Cambiar de titular un vehículo (transferencia)
- Canjear un carnet de conducir extranjero
- Consultar los puntos del carnet
- Dar de baja un vehículo
- Duplicado del carnet de conducir
- Pagar una multa de tráfico
- Pasar la ITV
- Pedir el permiso internacional de conducir
- Recurrir una multa de tráfico
- Renovar el carnet de conducir
- Sacarse el carnet de conducir (permiso B)
Sanidad
Extranjería
- Certificado de registro de ciudadano de la UE (el «NIE verde»)
- Homologar o declarar la equivalencia de un título extranjero
- Pedir el NIE (número de identidad de extranjero)
- Pedir la reagrupación familiar (traer a tu familia a España)
- Pedir la residencia por arraigo
- Sacar o renovar la TIE (tarjeta de identidad de extranjero)




