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Pedir un vado (licencia de paso de vehículos)

El vado es la autorización del ayuntamiento para entrar y salir con el coche de un garaje o un local cruzando la acera, con una placa oficial que prohíbe aparcar delante. Lo concede el ayuntamiento donde está el inmueble, según su ordenanza, y se paga una tasa anual por usar la acera. Lo pide la persona propietaria del garaje o del local (o la comunidad de propietarios en un garaje comunitario).

¿Dónde lo haces tú?

Lo que cambia según el sitio es el organismo, la oficina y la cita. Dinos tu municipio:

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento: la mayoría admite la solicitud por su sede electrónica, con los planos y las fotos escaneados, y también en el registro municipal. Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y los profesionales colegiados que actúen como tales están obligados a hacerlo por internet (art. 14.2 de la Ley 39/2015). La placa se recoge o se coloca en persona.

Necesitas: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (o el sistema de identificación del ayuntamiento).

Quién lo lleva

En general: Ayuntamiento del municipio donde está el garaje o el local. El vado lo concede el ayuntamiento como autorización para usar la acera como paso de vehículos, según su ordenanza de vados o de circulación (art. 7 de la Ley de Tráfico da a los municipios la regulación de los usos de las vías urbanas). Lo pides en su sede electrónica o en el registro municipal con los planos, las fotos y la licencia del garaje; un técnico lo revisa y, si te lo conceden, te da (o te vende) la placa oficial y te da de alta en la tasa anual.

Qué llevar

Cuánto cuesta
Una tasa anual por la entrada de vehículos a través de la acera, que fija cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal (art. 20.3.h del TRLRHL), según los metros de entrada, las plazas o la categoría de la calle; y, en muchos, una tasa por tramitar la licencia y el precio de la placa. La obra de rebajar la acera, si hace falta, la pagas tú.
Cuánto tarda
Depende de la ordenanza: hay que esperar a que el ayuntamiento conceda la licencia (normalmente con una visita de un técnico) antes de poner la placa. La tasa se paga cada año en el periodo del padrón de tu ayuntamiento.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Pueden multarme o llevarse mi coche si aparco delante de mi propio vado?

La Ley de Tráfico prohíbe estacionar delante de los vados señalizados correctamente (art. 40.f) y el Reglamento General de Circulación considera que obstaculizar el acceso a un vado es un obstáculo grave (art. 91.2.c), lo que permite retirar el vehículo con la grúa (art. 105.1.a de la ley). La ley no hace ninguna excepción para quien es titular del vado.

¿Qué hago si alguien aparca delante de mi vado?

Llama a la policía local de tu municipio: puede denunciar y retirar el vehículo con la grúa si el vado tiene la placa oficial y está bien señalizado.

¿Cuánto cuesta un vado al año?

Depende del ayuntamiento: cada uno fija la tasa en su ordenanza fiscal, tomando como referencia el valor de mercado del uso de la acera (art. 24.1.a del TRLRHL), normalmente por metros de entrada, plazas del garaje y categoría de la calle. Mira la tarifa de tu ciudad más abajo.

Tengo un garaje para un solo coche: ¿puedo pedir vado?

En la mayoría de las ciudades sí, también para viviendas unifamiliares, pero cada ordenanza pone sus condiciones (plazas mínimas, horario, tipo de vado). Algunas distinguen vado permanente y vado de horario limitado o comercial.

¿Cómo doy de baja el vado?

Pídelo en el ayuntamiento (normalmente con la misma sede o el mismo registro donde se pide el alta). Según la ordenanza, tendrás que devolver la placa y reponer la acera y el bordillo. La tasa deja de cobrarse desde el periodo que diga la ordenanza (si es anual, con prorrateo cuando la ordenanza lo prevé, art. 26.2 del TRLRHL).

Con oficina y cita, municipio a municipio

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

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