Sacar la licencia de caza
La licencia de caza es el documento personal que te permite cazar. La expide cada comunidad autónoma para su territorio (en Ceuta y Melilla, la ciudad), y para la primera casi todas piden aprobar el examen del cazador. Si cazas en varias, existe una licencia interautonómica de 70 € que vale en diez comunidades.

¿Dónde lo haces tú?
Lo que cambia según el sitio es el organismo, la oficina y la cita. Dinos tu municipio:
¿Se puede hacer por internet?
En parte, por internet
Casi todas las comunidades la expiden o la renuevan por internet, muchas en el acto (Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Madrid). En Mallorca la primera licencia se pide en persona y en Navarra, por correo electrónico. El examen del cazador es presencial.
Necesitas: Según la comunidad: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (en Cataluña, idCAT; en Gipuzkoa, B@kQ). Madrid (respuesta inmediata), Aragón y Asturias permiten sacarla con los datos del DNI y pago con tarjeta.
Ir a la sede oficialQuién lo lleva
En general: Comunidad autónoma donde vas a cazar (en Ceuta y Melilla, la ciudad autónoma). La licencia de caza es autonómica: la expide cada comunidad y vale para su territorio. Para cazar en varias tienes dos caminos: una licencia de cada comunidad o la licencia interautonómica, que vale un año en las diez comunidades del convenio (Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid y Murcia) y cuesta 70 € en todas.
Con estas excepciones:
- Andalucía: Junta de Andalucía (Delegación Territorial de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de tu provincia). Primero tienes que habilitarte (examen de la Junta, curso con aprovechamiento en una entidad homologada u homologación de la habilitación de otra comunidad con un sistema similar) e inscribirte en el Registro Andaluz de Caza y Pesca Continental, que te da el NIR. Con el NIR, la licencia se saca por internet con certificado digital y se emite en el acto; sin certificado, a través de un representante.
- Aragón: Gobierno de Aragón (Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, INAGA). Por internet en el servicio de expedición de licencias del INAGA (INASEL), con los datos del DNI o NIE y pago con tarjeta: la licencia se imprime al momento. También en las oficinas del INAGA en Huesca, Teruel y Zaragoza. Para la primera licencia hay que aprobar la prueba de aptitud (Decreto 87/2015).
- Asturias: Principado de Asturias (Servicio de Vida Silvestre, Consejería de Medio Rural y Política Agraria). Por internet en la aplicación de licencias del Principado, con pago único con tarjeta, o con la solicitud en una oficina de registro. Para la primera licencia hay que aprobar el examen (21 preguntas tipo test, mínimo 16 aciertos), que se hace en Oviedo el primer lunes de febrero, abril, junio, septiembre y noviembre.
- Illes Balears: Consell Insular de tu isla (en Mallorca, Servicio de Caza del Consell de Mallorca). En Mallorca, la primera licencia se pide en persona en el Servicio de Caza (C/ General Riera, 111, Palma; 971 219 854), con el DNI, NIE o pasaporte. La renovación se puede hacer por internet generando la autoliquidación de la tasa. En Menorca, Eivissa y Formentera, pregunta en tu consell insular. Illes Balears no está en el convenio de la licencia interautonómica.
- Canarias: Cabildo Insular de tu isla. La licencia de caza de Canarias la expide el Cabildo de la isla donde resides, con la solicitud en su registro (en persona con cita previa o por su sede electrónica). Para la primera licencia hay que superar la prueba de aptitud que convoca cada Cabildo al menos una vez al año (teórica, mínimo 5 sobre 10, y práctica, «apto»). Canarias no está en el convenio de la licencia interautonómica.
- Cantabria: Gobierno de Cantabria (Dirección General de Montes y Biodiversidad, Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación). Se pide durante todo el año por el Registro Electrónico General de la sede o en persona. Requisitos: 14 años cumplidos (de 14 a 18, con autorización de los padres o del tutor) y el certificado de aptitud. Cantabria no está en el convenio de la licencia interautonómica.
- Castilla y León: Junta de Castilla y León (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio). Si es tu primera licencia en Castilla y León, primero tienes que aprobar el examen del cazador. Después, la licencia se saca y se renueva por internet en la web de licencias de la Junta (pago con tarjeta; ya no se domicilia). Las autonómicas de tipo A, B y pesca son quinquenales.
- Castilla-La Mancha: Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Consejería de Desarrollo Sostenible). Por internet en la Plataforma DIANA (recomendado), pagando con tarjeta; o en las Delegaciones Provinciales de Desarrollo Sostenible, las Oficinas Comarcales Agrarias y las entidades colaboradoras (modelo 046). Necesitas acreditar la aptitud: haber aprobado las pruebas de Castilla-La Mancha, haber tenido licencia de Castilla-La Mancha o de otra comunidad con examen equivalente o convenio, o llevar más de 5 años con licencia de Cantabria o Cataluña.
- Cataluña: Generalitat de Catalunya (Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació). Se pide por internet (idCAT, DNI electrónico, certificado FNMT u otro eIDAS), en persona o por videoatención, con al menos 48 horas de antelación. Para la licencia con armas hay que dar los datos del seguro (compañía, póliza y caducidad). Cataluña no está en el convenio de la licencia interautonómica.
- Comunitat Valenciana: Generalitat Valenciana (Servicios Territoriales de Medio Ambiente de Alicante, Castellón y Valencia). Si no tenías licencia antes del 3 de junio de 2015, primero tienes que superar la prueba de aptitud, que es un curso en una entidad homologada (Orden 13/2015). Después, la licencia se saca por internet en la web de licencias de caza y pesca de la Conselleria, pagando con tarjeta (hay otro procedimiento para quien está exento), o en los Servicios Territoriales.
- Extremadura: Junta de Extremadura (Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural). Primero acredita tu aptitud (examen de la Junta en Mérida, Badajoz o Cáceres, curso del cazador, o licencia de una comunidad o país homologado) e inscríbete en el Registro de Cazadores de Extremadura. Después pide la licencia por internet en ARADO (certificado o DNI electrónico) o en persona. Clase A (caza mayor, incluye la B) o clase B (caza menor), de 1 a 5 años.
- Galicia: Xunta de Galicia (Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático). Se pide en la sede electrónica (procedimiento MT720V), pagando la tasa como un paso más, o en persona. Necesitas el certificado de haber superado el examen del cazador (procedimiento MT807A, con inscripción al menos 15 días hábiles antes) y tener al menos 16 años (los menores, con autorización).
- Comunidad de Madrid: Comunidad de Madrid (Área de Caza y Pesca). En la sede electrónica: con el servicio de respuesta inmediata obtienes al momento una licencia válida un mes, sin firma electrónica y con el pago integrado, y la definitiva te llega por correo; o con la solicitud normal, pagando antes la tasa. Si no tenías licencia de otra comunidad o país antes del 25 de abril de 2015, necesitas la prueba de aptitud para nuevos cazadores.
- Región de Murcia: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (servicio de caza y pesca fluvial). Para la primera licencia, o si te la retiraron por una infracción grave o muy grave, hay que aprobar el examen del cazador (Decreto 112/2018); se solicita en la sede (procedimiento 2654) o en una ventanilla única. La licencia se pide por internet y la solicitud sirve de licencia desde que se valida el pago de la tasa.
- Navarra: Gobierno de Navarra (Servicio Forestal y Gestión Cinegética). La primera licencia exige aprobar el examen de caza de Navarra (curso en línea y examen presencial en Pamplona; en 2026, convocatorias del 18 de abril y del 23 de mayo). Después se pide por correo a examencaza@navarra.es o en un registro. Se renueva por internet (certificado, Cl@ve o número de identificación y código de la licencia), por correo a licenciascaza@navarra.es o en persona; si la domicilias, se renueva sola.
- País Vasco: Diputación Foral de tu territorio (Álava, Bizkaia o Gipuzkoa). Primero aprueba el examen de aptitud del Gobierno Vasco (31 preguntas, mínimo 24 aciertos; tasa de 11,61 €; en 2026 hubo convocatorias el 28 de marzo y el 6 de junio). Después pide la licencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco en tu Diputación Foral, que ya tiene el resultado del examen. La licencia vale en todo Euskadi; el País Vasco no está en el convenio de la interautonómica.
- La Rioja: Gobierno de La Rioja. Para la primera licencia hay que aprobar el examen del cazador (21 preguntas, mínimo 16 aciertos), salvo que justifiques con un certificado que lo aprobaste en otra comunidad. La licencia se pide en la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja (trámite 15048). La Rioja no está en el convenio de la interautonómica.
- Ceuta: Ciudad Autónoma de Ceuta (Consejería de Medio Ambiente, Servicios Urbanos y Vivienda). La expedición y la renovación se piden en la sede electrónica de la Ciudad (certificado o Cl@ve) o en las Oficinas de Registro; no se admiten por correo ordinario. Hay que aportar la solicitud, el documento de identidad y el seguro de responsabilidad civil (y la licencia anterior si renuevas). El examen del cazador está regulado en Ceuta desde 2000.
- Melilla: Ciudad Autónoma de Melilla (Consejería con competencias en medio ambiente). No hemos encontrado en las webs oficiales de Melilla el trámite de la licencia de caza. Pregunta en la Consejería con competencias en medio ambiente de la Ciudad Autónoma antes de cazar.
Qué llevar
- DNI, NIE o pasaporte.
- Acreditación de aptitud para la primera licencia: certificado de haber aprobado el examen del cazador (o el curso equivalente), o una licencia anterior de una comunidad con examen.
- Datos o copia del seguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador, si vas a cazar con armas.
- Si eres menor de edad (desde los 14 años; en Galicia, 16), autorización de tu representante legal.
- Justificante de pago de la tasa o, si estás exento, lo que acredite la exención (edad, pensión, discapacidad, residencia…).
- Para la interautonómica, una declaración responsable de que no estás inhabilitado, de que tienes el seguro y, si eres nuevo cazador, de que aprobaste el examen.
- Cuánto cuesta
- Depende de la comunidad, del tipo de licencia y de los años. Ejemplos 2026 por un año: Madrid, 22 €; Castilla-La Mancha, 41,79 € (0 € para residentes); Cataluña, 29,40 € con armas; Andalucía, 28,29 € con armas para mayor y menor; Navarra, 13,86 €. Casi todas eximen a los mayores de 65. La interautonómica cuesta 70 € en todas las comunidades del convenio y no tiene exenciones por edad.
- Cuánto tarda
- Por internet, en varias comunidades sale en el momento (Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha y Madrid, con una licencia provisional de un mes). Por registro, el plazo legal va de un mes (Canarias) a seis (Extremadura). Si necesitas el examen, cuenta con sus pocas convocatorias al año.
Conviene saber
- Contrata antes el seguro obligatorio del cazador: sin él no puedes obtener la licencia ni cazar con armas (Real Decreto 63/1994, art. 1).
- Cuando vayas a cazar, lleva la licencia, el DNI, el seguro y, si usas armas, el permiso de armas y la guía de pertenencia, además del permiso del titular del coto.
- La interautonómica no sustituye a la autonómica: si solo cazas en tu comunidad, la autonómica suele ser más barata y tiene exenciones que la interautonómica no tiene (Aragón y Madrid lo dicen expresamente).
- Quien tiene entre 14 y 18 años y caza con armas necesita además la autorización especial de armas para menores y tiene que ir acompañado de una persona cazadora mayor de edad que se responsabilice (Aragón).
- Mira las fechas del examen con tiempo: la mayoría de comunidades lo convocan unas pocas veces al año y cierran la inscripción semanas antes.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que hacer el examen del cazador?
Para la primera licencia, casi todas las comunidades lo exigen (o un curso con prueba final). Si ya tuviste licencia antes de que tu comunidad implantara el examen, o tienes licencia de otra comunidad con examen equivalente, normalmente no tienes que repetirlo. Para la interautonómica, el «nuevo cazador» es quien no puede acreditar una licencia anterior de una comunidad con examen; ese tiene que aprobar la prueba de aptitud de alguna de las comunidades firmantes (convenio, cláusulas quinta y sexta).
¿Qué es la licencia interautonómica y dónde vale?
Una sola licencia, válida un año desde que se expide, para cazar en todas las modalidades (con armas o sin ellas) en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid y Murcia. Cuesta 70 € y se saca en cualquiera de esas comunidades. Tienes que tener licencia en vigor de una de ellas o haber aprobado su examen, y no estar inhabilitado. No vale en el resto de comunidades.
¿Qué cubre el seguro obligatorio del cazador?
La responsabilidad civil de quien caza con armas por los daños corporales que cause a otras personas durante la acción de cazar, en toda España, hasta 90.151,82 € por víctima. Dura un año (o menos si la licencia es temporal) y puedes ampliar la cobertura de forma voluntaria (Real Decreto 63/1994, arts. 1 a 5).
¿La licencia de caza me permite tener un arma?
No. El permiso de armas es otro trámite, de la Guardia Civil: se pide en la Intervención de Armas de tu domicilio. Para armas largas rayadas de caza mayor es la licencia D y para escopetas, la E; la primera vez hay que superar una prueba teórica y otra práctica. Información oficial: https://web.guardiacivil.es/es/tramites/procedimientos_administrativos/Solicitud-de-la-licencia-de-armas-tipo-D-armas-largas-rayadas-para-caza-mayor y https://web.guardiacivil.es/es/tramites/autorizaciones-de-armas-y-explosivos/controldearmas/pruebas_licenciasarmas/licenciasDEAEM/
¿Desde qué edad se puede sacar?
En la mayoría de comunidades, desde los 14 años con autorización de la madre, el padre o el tutor (en Galicia, desde los 16; en Mallorca, 16 para caza mayor). Para cazar con armas siendo menor hace falta además la autorización especial de la Guardia Civil.
Vengo de otra comunidad o del extranjero: ¿qué hago?
Si vas a cazar unos días, mira si la comunidad tiene licencias o permisos temporales (Andalucía, hasta 15 días; Cataluña, 15 días; Navarra, 9 días; Mallorca, 1 mes para no residentes). Varias comunidades reconocen la aptitud acreditada en otras o en países homologados (Castilla-La Mancha, Extremadura).
Fuentes oficiales
Comprobado el 6 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Convenio para las licencias interautonómicas de caza y de pesca en aguas continentales (BOE de 10-mar-2026) boe.es
- Real Decreto 63/1994, Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador (BOE) boe.es
- Castilla-La Mancha: licencias de caza y pesca cazaypesca.castillalamancha.es
- Comunidad de Madrid: licencia de caza (sede electrónica) sede.comunidad.madrid
- Junta de Andalucía: obtención de licencias de caza y pesca continental juntadeandalucia.es
- Guardia Civil: licencia de armas tipo D para caza mayor web.guardiacivil.es
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