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Homologar o declarar la equivalencia de un título extranjero

Para que un título obtenido fuera de España tenga validez oficial aquí, hay que reconocerlo. Los universitarios los reconoce el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades: la homologación, si quieres ejercer una profesión regulada (medicina, enfermería, arquitectura, ingenierías, docencia…), o la declaración de equivalencia a nivel de grado o máster, para todo lo demás. Los no universitarios (ESO, Bachillerato, FP) los homologa el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, salvo si vives en Cataluña, Galicia o el País Vasco, que los tramitan ellas.

¿Dónde lo haces tú?

Lo que cambia según el sitio es el organismo, la oficina y la cita. Dinos tu municipio:

¿Se puede hacer por internet?

Sí, por internet

Los títulos universitarios se piden solo por internet, en la subsede electrónica de la Secretaría General de Universidades, a la que se entra desde el portal Valida-TE del Ministerio de Ciencia. Desde el 22 de octubre de 2026 esa subsede está cerrada por una incidencia técnica (ver consejos). Los no universitarios se piden en la sede electrónica del Ministerio de Educación y se presentan con los documentos en un registro (o en la sede de tu comunidad si vives en Cataluña, Galicia o el País Vasco).

Necesitas: Universitarios: certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o «Acceso con usuario» de la propia sede si no tienes certificado (consulta luego el expediente con el mismo modo de acceso que usaste). No universitarios: registro en la sede electrónica del Ministerio de Educación.

Ir a la sede oficial

Quién lo lleva

En general: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (títulos universitarios) y Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (títulos no universitarios). Títulos universitarios: pide la homologación o la equivalencia por internet en la subsede de la Secretaría General de Universidades (la tramita la Subdirección General de Títulos y Ordenación Universitaria). Títulos no universitarios: rellena la solicitud en la sede electrónica del Ministerio de Educación y preséntala con los documentos en cualquier registro público (Delegación o Subdelegación del Gobierno, Registro del Ministerio en Madrid o una embajada o consulado de España).

Con estas excepciones:

Qué llevar

Cuánto cuesta
Universitarios: 166,50 € por cada solicitud de homologación o de equivalencia (tasa 107, modelo 790), según el Ministerio de Ciencia; no se devuelve si se inadmite, caduca o se deniega. No universitarios (tasa 079, modelo 790): gratis la homologación al título de ESO; 49,76 € la homologación al título de Bachiller y 24,88 € la convalidación por 1.º de Bachillerato, según el Ministerio de Educación. En Cataluña, Galicia y el País Vasco se paga la tasa de cada comunidad.
Cuánto tarda
Se puede pedir en cualquier momento. Universitarios: el Ministerio tiene seis meses desde que entra la solicitud para resolver; si no contesta, se entiende denegada. No universitarios: tres meses desde que el expediente está completo (también en Galicia), con silencio negativo. La credencial se descarga de la sede electrónica.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre homologar un título y la declaración de equivalencia?

La homologación equipara tu título a un título español concreto de grado o máster y te habilita para una profesión regulada. La equivalencia reconoce el nivel académico (grado o máster) con efectos académicos y administrativos en toda España, pero no sirve para ejercer una profesión regulada.

Tengo un doctorado: ¿dónde lo reconozco?

La equivalencia al nivel de doctor la hacen las universidades españolas, no el Ministerio. Busca la universidad en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

No terminé la carrera: ¿puedo homologar lo que estudié?

No: la homologación y la equivalencia exigen haber terminado los estudios. Puedes pedir a una universidad española que te convalide asignaturas para seguir estudiando allí.

¿Puedo pagar la tasa desde el extranjero?

Sí, por transferencia a la cuenta del Ministerio en el Banco de España, por el importe completo (las comisiones las pagas tú) y con el nombre y el documento de la persona que pide la homologación en el concepto. Desde España, la tasa universitaria se paga en la sede con Cl@ve o con el modelo 790 en un banco, y hace falta NIF o NIE.

¿Y si mi título es de especialista sanitario?

No va por este trámite: el reconocimiento de títulos de especialista en Ciencias de la Salud lo lleva el Ministerio de Sanidad.

¿Puedo presentar la solicitud de un título no universitario desde fuera de España?

Sí: en el registro de una embajada o consulado de España. La tramitan las Consejerías de Educación de las embajadas, sea cual sea tu nacionalidad.

¿Cómo recurro si me la deniegan?

La resolución pone fin a la vía administrativa: puedes presentar un recurso de reposición ante el mismo ministerio o ir directamente a los tribunales (contencioso-administrativo). En los universitarios, el plazo para ir a los tribunales es de dos meses desde la notificación.

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

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