Abrir un negocio: licencia de actividad o declaración responsable en Palma
Illes Balears

Adónde ir
Ajuntament de Palma (Gerència d'Urbanisme, Departamento de Actividades y de Seguridad de los Establecimientos)
En Palma no hay licencia de apertura: para empezar a ejercer una actividad presentas una declaración responsable de inicio y ejercicio (modelo A1), con la tasa pagada, y puedes abrir en cuanto está completa (Ley 7/2013 de actividades de las Illes Balears). Una actividad inocua (despacho de hasta 50 m², por ejemplo) solo necesita la declaración; las menores y mayores (la mayoría de comercios, bares y talleres) llevan además un proyecto de actividad y el certificado de un técnico. Se presenta por la sede electrónica con Cl@ve o certificado, o en una Oficina de Atención a la Ciudadanía.
Con cita previa. Teléfono: 010. Solo para presentarla en persona en una OAC; por la sede electrónica no hace falta cita.
Pedir cita en la web oficialOficinas
- Departamento de Actividades y de Seguridad de los Establecimientos (Gerència d'Urbanisme) Avenida Gabriel Alomar, 18, 3.ª planta, 07006 Palma Teléfono: 971 225 900 (ext. 8238 y 8240) Ficha oficial
- Oficinas de Atención a la Ciudadanía (OAC), registro Teléfono: 010 (971 225 900 o 630 308 226 desde fuera de Palma) Ficha oficial
Tipos (anexo I de la Ley 7/2013): inocuas, como los despachos profesionales de hasta 50 m² que no son vivienda, los servicios en una vivienda de hasta 50 m² sin autorización sectorial o los aparcamientos al aire libre de hasta 100 m²; mayores, entre otras, las de más de 2.500 m², las industrias de más de 1.000 m², las de más de 500 personas de aforo o las que necesitan ayudar a evacuar a sus ocupantes (guarderías, residencias); menores, todas las demás. Qué presentar: inocua, el modelo A1 y el justificante de la tasa; menor o mayor, además el certificado técnico (A6), la declaración responsable del técnico (A7), los planos de instalaciones si has hecho obras y el proyecto de actividad si no lo diste antes. El proyecto de actividad se presenta antes de instalar la actividad o con la comunicación previa o la licencia de las obras del local, que van aparte. Si la documentación no está completa, tienes dos meses para corregirla; si no, la declaración queda sin efecto. Tasa de 2026 (Ordenanza fiscal de la tasa por servicios relativos a actividades, establecimientos e instalaciones, concepto 311.03): 241,31 € más 0,90 €/m² hasta 250 m² (0,80 € de 251 a 500 m², y menos en los tramos siguientes), multiplicado por el coeficiente de la calle (de 1,10 en séptima categoría a 1,40 en primera y segunda) y por el de la actividad (0,75 inocua, 1 menor, 2 mayor o con placa distintiva de ocio y restauración). Por ejemplo, un local de 100 m² de actividad menor en una calle de tercera: (241,31 + 90) × 1,30 = 430,70 €. Se autoliquida en la Oficina Virtual Tributaria antes de presentar la declaración y no se devuelve. Palma limita por distancias y zonas los bares, restaurantes, locales de ocio y actividades turísticas: consulta antes de alquilar el local.
¿Se puede hacer por internet?
En parte, por internet
Depende del ayuntamiento: la mayoría admite la declaración responsable, la comunicación o la solicitud de licencia por su sede electrónica, con los documentos escaneados; también se puede presentar en el registro municipal. Las empresas (sociedades) y los profesionales colegiados que actúen como tales están obligados a hacerlo por internet (art. 14.2 de la Ley 39/2015).
Necesitas: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (o el sistema de identificación del ayuntamiento).
Qué llevar
- El impreso de declaración responsable, comunicación previa o solicitud de licencia del ayuntamiento, con tus datos (o los de tu empresa), la dirección del local y la actividad.
- La documentación técnica que pida la ordenanza: según la actividad, una memoria, planos del local o un proyecto técnico firmado por un técnico competente (art. 4.3 de la Ley 12/2012), y su certificado de que el local cumple la normativa.
- El justificante de haber pagado la tasa, si el ayuntamiento la cobra (art. 4.1 de la Ley 12/2012).
- Las autorizaciones sectoriales que necesite tu actividad (sanidad, turismo, espectáculos…) y, si representas a otra persona o a una empresa, la representación.
- Si haces obras en el local, el título de las obras (licencia, declaración responsable o comunicación): se tramitan a la vez cuando es la misma actividad y el mismo local (art. 4.4 de la Ley 12/2012).
- Cuánto cuesta
- La tasa municipal por licencia de apertura o por el control de la declaración responsable o comunicación (art. 20.4.i del TRLRHL), según la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento; algunos no la cobran. Si haces obras, además la tasa de obras y el ICIO (hasta el 4 % del coste de la obra).
- Cuánto tarda
- Con declaración responsable o comunicación previa, puedes abrir desde el día en que la presentas completa (art. 69.3 de la Ley 39/2015 y art. 5 de la Ley 12/2012); el ayuntamiento comprueba después. Con licencia, hay que esperar a la resolución: depende de la ley de la comunidad y de la ordenanza (en Barcelona y Bilbao, hasta seis meses).
Conviene saber
- Antes de alquilar o comprar el local, comprueba en el ayuntamiento que tu actividad está permitida allí: muchos tienen consulta previa o informe de compatibilidad urbanística, y algunos limitan bares y locales de ocio por zonas o distancias.
- La declaración responsable no es un permiso automático: si lo declarado es falso o falta algo esencial, el ayuntamiento puede cerrar la actividad (art. 69.4 de la Ley 39/2015).
- Si te quedas con un negocio que ya funciona, el cambio de titular no necesita licencia: basta una comunicación previa al ayuntamiento (art. 3.2 de la Ley 12/2012).
- Las obras de acondicionamiento del local que no necesitan proyecto tampoco pueden exigir licencia previa en los comercios y servicios de la Ley 12/2012 (art. 3.3). Las que necesitan proyecto, sí.
Preguntas frecuentes
¿Qué negocios pueden abrir sin licencia?
Por ley estatal, el comercio minorista y los servicios del anexo de la Ley 12/2012 (tiendas, peluquerías, agencias de viaje, despachos de abogados, gestorías, academias, lavanderías, entre otros) en locales de hasta 750 m² de superficie útil de exposición y venta al público. Para ellos basta una declaración responsable o una comunicación previa. Muchas comunidades y ayuntamientos lo han extendido a más actividades.
¿Un bar o un restaurante necesita licencia?
La hostelería no está en el anexo de la Ley 12/2012, así que depende de la ley de tu comunidad (ambiental y de espectáculos) y de la ordenanza municipal. En muchas ciudades basta una declaración responsable o una comunicación; los locales con música, gran aforo o salida de humos suelen tener requisitos extra o necesitan licencia.
¿Qué diferencia hay entre licencia, declaración responsable y comunicación previa?
Con licencia, el ayuntamiento revisa y autoriza antes de que abras. Con declaración responsable, declaras que cumples los requisitos y tienes los documentos, y abres al presentarla. Con comunicación previa, das tus datos y los de la actividad. En los dos últimos casos el ayuntamiento comprueba después (art. 69 de la Ley 39/2015).
¿Necesito un técnico?
Casi siempre, salvo en actividades muy sencillas: la mayoría de las ordenanzas piden una memoria o un proyecto y un certificado firmados por un técnico competente (arquitecto, ingeniero…). Mira la ficha de tu ayuntamiento.
¿Puedo tener el negocio en mi vivienda?
Depende del planeamiento y de la ordenanza de tu municipio. Algunos ayuntamientos tienen un trámite propio para despachos o servicios en la vivienda (Palma, por ejemplo, los trata como actividad inocua hasta 50 m²).
Fuentes oficiales
Comprobado el 6 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Ley 12/2012, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios (arts. 2 a 5 y anexo), texto consolidado boe.es
- Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local (art. 84 bis), texto consolidado boe.es
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común (art. 69), texto consolidado boe.es
- Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (art. 20.4.i, tasa de apertura), texto consolidado boe.es
- Ley 20/2009, de prevención y control ambiental de las actividades (Cataluña), texto consolidado boe.es
- seuelectronica.palma.cat seuelectronica.palma.cat
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