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Licencia de obra menor (o declaración responsable) en Eivissa

Illes Balears

Adónde ir

Ajuntament d'Eivissa (Urbanismo)

En Eivissa la obra menor se hace con comunicación previa, no con licencia (Ley 12/2017 de urbanismo de las Illes Balears y Reglamento insular de Eivissa de 2022). Primero pagas la tasa y el ICIO por autoliquidación en la web municipal y después presentas la comunicación por la sede electrónica (trámite «Comunicació prèvia d'obres i instal·lacions») o en el registro del SAC. Las obras interiores de poca entidad en suelo urbano con presupuesto inferior a 3.000 € no necesitan comunicación ni licencia, salvo en edificios protegidos o fuera de ordenación.

Cita previa recomendable. Teléfono: 971 397 631. Por la sede electrónica no hace falta cita; el registro del SAC atiende sin cita.

Oficinas

Qué presentar: fotos actuales, plano de emplazamiento sobre los planos del PGOU, croquis a escala o acotado, presupuesto desglosado con materiales y mano de obra, y el justificante de pago de la tasa y el ICIO. Según la obra, además: proyecto o documentación técnica de un técnico competente si cambias la distribución, tocas la estructura o la fachada o instalas placas solares; asunción de la dirección de obra; estudio de seguridad y salud; gestión de los residuos de obra, y autorización de la comunidad de propietarios si afecta a elementos comunes. Coste de 2026: tasa por licencias urbanísticas del 1 % del coste real (mínimo 50 €; no la pagan las obras de ornato, conservación y reparación en el interior de las viviendas) e ICIO del 4 % del presupuesto, con un 60 % de bonificación en la pintura exterior y el arreglo de fachadas.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento: la mayoría admite la licencia, la declaración responsable o la comunicación previa por su sede electrónica, con los documentos escaneados; también se puede presentar en el registro municipal. Las empresas y los profesionales colegiados que actúen como tales están obligados a hacerlo por internet (art. 14.2 de la Ley 39/2015).

Necesitas: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (o el sistema de identificación del ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
La tasa municipal (según la ordenanza fiscal) y el ICIO, si el ayuntamiento lo exige: hasta el 4 % del coste de ejecución material de la obra (art. 102 del TRLRHL); en Navarra, entre el 2 % y el 5 %. En Ceuta y Melilla, el ICIO tiene una bonificación del 50 %.
Cuánto tarda
Con declaración responsable o comunicación previa, puedes empezar el mismo día en que la presentas completa (art. 69.3 de la Ley 39/2015); el ayuntamiento comprueba después. Con licencia, hay que esperar a la resolución: en La Rioja, un mes para las obras menores, con silencio positivo.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre licencia, declaración responsable y comunicación previa?

Con licencia, el ayuntamiento revisa y autoriza antes de que empieces. Con declaración responsable, declaras que cumples los requisitos y tienes los documentos, y puedes empezar al presentarla. Con comunicación previa, solo das tus datos y los de la obra. En los dos últimos casos el ayuntamiento comprueba después.

¿Necesito un arquitecto o un aparejador?

Solo si la obra necesita proyecto o documentación técnica según la ley (por ejemplo, si afecta a la estructura). Para las obras menores sencillas basta, en general, con la memoria y el presupuesto; mira lo que pide la ordenanza de tu ayuntamiento.

¿Quién paga el ICIO si la obra la hace una empresa?

Lo debe el dueño de la obra, quien paga su coste. Si la pide o la hace otra persona (el constructor, por ejemplo), esta lo paga como sustituto y puede reclamártelo (art. 101 del TRLRHL).

¿Qué pasa si hago la obra sin licencia ni declaración?

Es una obra sin título habilitante: el ayuntamiento puede suspenderla, pedir que la legalices o que restituyas lo hecho, y sancionarte. El ICIO se debe igual, porque se devenga al empezar la obra (art. 102.4 del TRLRHL).

Fuentes oficiales

Comprobado el 4 de noviembre de 2026

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