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Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Eivissa

Illes Balears

Adónde ir

Ajuntament d'Eivissa (Servei d'Atenció a la Ciutadania, Padrón de Habitantes)

En persona, en el SAC del edificio Sa Colomina; ya no hace falta cita previa. También puedes enviar la solicitud de alta o cambio de domicilio por la sede electrónica, con la hoja padronal firmada digitalmente por todas las personas mayores de edad (y por los dos progenitores en el caso de menores), pero el empadronamiento no es efectivo hasta que vas en persona a la oficina del padrón. Antes de darte de alta, el personal municipal puede visitar el domicilio.

Cita previa recomendable. Teléfono: 971 397 619. El SAC ya atiende sin cita previa.

Oficinas

Lleva el documento de identidad en vigor de cada persona: españoles, DNI desde los 14 años (los menores de 14, libro de familia o partida de nacimiento); ciudadanos de la UE, documento de identidad o pasaporte de su país o el certificado de registro de ciudadano de la Unión; el resto, pasaporte o tarjeta de residencia. La vivienda: si eres propietario, recibo del IBI actualizado o nota simple del Registro; si alquilas, el contrato de alquiler y el recibo del mes en curso. Si la vivienda no es tuya ni el contrato está a tu nombre, autorización firmada por la persona propietaria (modelo M-024) con copia de su documento de identidad. Menores: si solo empadrona uno de los progenitores, declaración responsable (modelos M-131 sin resolución judicial de custodia o M-131.1 con ella) o autorización del otro progenitor (M-132). En la sede electrónica hay también trámites para el volante y el certificado de empadronamiento.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.

Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
Cuánto tarda
Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?

Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).

¿Y si no tengo domicilio fijo?

Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.

¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?

No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.

¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?

No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

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