Padrón e impuestos municipales
Padrón, IBI, plusvalía, impuesto de circulación y obras: lo que se hace en tu ayuntamiento. Elige uno y te decimos cómo se hace en tu municipio.

9 trámites
- Cambiar de domicilio: a quién avisarSi te mudas, lo primero es empadronarte en el nuevo domicilio: el ayuntamiento de destino comunica el alta y el de antes te da de baja, sin que hagas nada más. El padrón no avisa a todos: a Hacienda, a la DGT y a la Seguridad Social tienes que comunicarles tú el cambio, y el DNI se renueva si cambian sus datos. Esta página reúne a quién avisar y en qué plazo.
- Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio)Inscribirse en el padrón del municipio donde vive habitualmente, o comunicar que se ha mudado dentro del mismo municipio. Es obligatorio para toda persona que viva en España y se hace en el ayuntamiento del nuevo domicilio.
- Licencia de obra menor (o declaración responsable)Para hacer obras pequeñas en casa o en un local (reformar un baño o la cocina, cambiar el suelo o las ventanas, pintar) hay que avisar o pedir permiso al ayuntamiento antes de empezar. Según la ley de tu comunidad y la ordenanza de tu municipio será una licencia, una declaración responsable o una comunicación previa. Además se paga una tasa y, normalmente, el ICIO.
- Pagar el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)Impuesto municipal que se paga cada año por ser propietario (o usufructuario, superficiario o concesionario) de un inmueble el 1 de enero. Lo cobra el ayuntamiento donde está el inmueble, directamente o a través del organismo de la diputación al que ha delegado la recaudación, a partir del valor catastral. Los cambios de titular y los errores en el valor o en la descripción del inmueble se corrigen en el Catastro, no en el ayuntamiento.
- Pagar el impuesto de circulación (IVTM)El impuesto de circulación (impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, IVTM) se paga cada año por tener a tu nombre un coche, una moto u otro vehículo matriculado y apto para circular. Lo cobra el ayuntamiento del domicilio que consta en Tráfico para ese vehículo, directamente o a través del organismo al que haya delegado la recaudación. La cuota depende del tipo de vehículo y su potencia, y de lo que fije la ordenanza de tu ayuntamiento.
- Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU)Impuesto municipal que grava el aumento de valor del suelo urbano cuando se vende, se hereda o se dona un inmueble (o se constituye un usufructo u otro derecho real). En una venta paga quien vende; en una herencia o donación, quien recibe. Se presenta en el ayuntamiento donde está el inmueble.
- Pedir el certificado o volante de empadronamiento (y de convivencia)El volante y el certificado de empadronamiento dicen dónde estás empadronado y, si lo pides colectivo o de convivencia, con quién. El volante es informativo y vale para muchas gestiones; el certificado es un documento fehaciente, para los trámites que lo exigen. Se piden al ayuntamiento donde estás (o estuviste) empadronado, y casi siempre salen al momento por internet.
- Pedir un vado (licencia de paso de vehículos)El vado es la autorización del ayuntamiento para entrar y salir con el coche de un garaje o un local cruzando la acera, con una placa oficial que prohíbe aparcar delante. Lo concede el ayuntamiento donde está el inmueble, según su ordenanza, y se paga una tasa anual por usar la acera. Lo pide la persona propietaria del garaje o del local (o la comunidad de propietarios en un garaje comunitario).
- Votar por correo y consultar el censo electoralSi el día de las elecciones no vas a estar en tu localidad o no puedes ir al colegio electoral, puedes votar por correo: lo pides en Correos, la Oficina del Censo Electoral te envía la documentación a casa y mandas el voto por correo certificado. Aquí también se explica cómo comprobar que estás en el censo, dónde te toca votar y cómo votan quienes viven en el extranjero.