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Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Coslada

Madrid · Comunidad de Madrid

Adónde ir

Ayuntamiento de Coslada (Registro, Padrón e Información)

El alta en el padrón y el cambio de domicilio se hacen en persona, con cita previa, en la oficina de Registro, Padrón e Información del Ayuntamiento. Llevas la hoja padronal rellena y firmada, con los documentos en vigor. Es gratuito. Por internet solo se sacan los volantes (con certificado digital) y se pide el certificado de empadronamiento.

Con cita previa. Teléfono: 91 627 82 00. Elige la oficina «Registro y Padrón». Las citas son personales: una por persona y por trámite. Si no vas a ir, anúlala.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Qué llevar: la hoja padronal de altas y modificaciones (se descarga en «Impresos administrativos» de Secretaría General) y documentos en vigor. Identidad: DNI (obligatorio desde los 14 años); ciudadanos de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, el certificado de registro con el NIE y su documento de identidad o pasaporte; el resto de personas extranjeras, la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) o, si no la tienen, el pasaporte; menores de 14 años sin documento, libro de familia o certificado de nacimiento. Vivienda: escritura, contrato de compraventa, nota del Registro o último recibo del IBI; o contrato de alquiler en vigor con el último recibo. Si te autoriza otra persona (esté o no empadronada en la vivienda), su autorización con su título de la vivienda y copia de su documento de identidad. Para empadronar a menores con un solo progenitor: resolución judicial de custodia, consentimiento del otro progenitor o, en casos concretos, la declaración responsable del ayuntamiento; con custodia compartida, acuerdo de los dos o resolución que fije el empadronamiento. El volante se saca al momento en la sede electrónica con certificado digital.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.

Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
Cuánto tarda
Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?

Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).

¿Y si no tengo domicilio fijo?

Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.

¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?

No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.

¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?

No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

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