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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Vilafranca del Penedès

Barcelona · Cataluña

Adónde ir

Organisme de Gestió Tributària (ORGT) de la Diputació de Barcelona, por delegación del Ajuntament de Vilafranca del Penedès

Autoliquidación: declaras los datos, calculas la cuota y la pagas. Se presenta por internet en la web del ORGT (eligiendo Vilafranca del Penedès), o en persona en una oficina del ORGT en Vilafranca con cita previa. Una autoliquidación por cada finca. Adjunta la escritura u otros documentos de la transmisión y los que justifiquen las bonificaciones. Si quieres que se calcule por el incremento real o no ha habido ganancia, aporta también la escritura de adquisición. Lo paga quien adquiere en herencias y donaciones, y quien vende en compraventas.

Con cita previa. Teléfono: 93 472 92 10. Para la atención presencial en las oficinas del ORGT hay que pedir cita previa (desde su web). También atienden por teléfono y por correo electrónico.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Tipo de 2026: 30 % (ordenanza fiscal núm. 29 de 2026). Plazos: 30 días hábiles en compraventas y donaciones; 6 meses desde la muerte en herencias, prorrogables hasta un año si lo pides en los 6 primeros meses. Herencias a favor de descendientes de primer grado y adoptados, cónyuge, ascendientes de primer grado y adoptantes, y nietos: 95 % de bonificación en la vivienda habitual del causante (donde estaba empadronado; vale con un trastero y hasta dos plazas de aparcamiento del mismo edificio), si no estaba cedida a terceros, y 95 % en el local de un comercio que lleve el causante a título individual si se sigue con la actividad 4 años. La del local se pide en el plazo de la autoliquidación con el testamento o la declaración de herederos y la escritura de aceptación.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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