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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Tudela (Tutera)

Navarra

Adónde ir

Ayuntamiento de Tudela (Catastro municipal, Área de Economía y Hacienda)

En Tudela, como en toda Navarra, la plusvalía no se autoliquida: presentas una declaración con la escritura y el Ayuntamiento hace la liquidación y te la notifica. Se presenta con el trámite «Modificaciones catastrales y plusvalías», que sirve también para cambiar la titularidad del inmueble: por la sede electrónica (con Cl@ve) o en el registro del SAC. En una venta, paga la parte vendedora. La liquidación se paga en los 30 días siguientes a la notificación; si la tienes domiciliada, se carga el día 20 del mes siguiente.

Cita previa recomendable. Teléfono: 948 417 129 (Catastro municipal). El enlace es la ficha del trámite en la sede, con la tramitación electrónica. Antes de vender, puedes pedir al Catastro municipal el importe aproximado con el titular, la dirección de la finca y el año de la última transmisión.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Plazos: dos meses desde la venta o la donación; seis meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año. Lleva la escritura y, cuando proceda, la nota simple del Registro o la sentencia. El Ayuntamiento recibe también cada quince días copia de las escrituras de la notaría de Tudela. La plusvalía se puede aplazar o fraccionar.

Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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