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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Galapagar

Madrid · Comunidad de Madrid

Adónde ir

Ayuntamiento de Galapagar (Hacienda, Gestión Tributaria)

En Galapagar la plusvalía no se autoliquida: presentas una declaración en el modelo del ayuntamiento, con el documento de la transmisión (escritura), y el ayuntamiento te notifica la liquidación con el plazo para pagar. El plazo es de 30 días hábiles desde la venta o la donación. Las herencias no pagan plusvalía en Galapagar. La Carpeta Tributaria tiene un simulador para calcularla.

Cita previa recomendable. Teléfono: 91 858 78 00 (ext. 1134, 1135 o 1136). Correo: gestiontributaria@galapagar.es (atención tributaria: recaudacion@galapagar.es).

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Tipo de gravamen: 15 %, el mismo para todos los periodos. Los coeficientes para el cálculo objetivo son un 10 % más bajos que los máximos que fija el Estado cada año. Herencias: en Galapagar no están sujetas al impuesto las transmisiones por causa de muerte (ni la de terrenos ni la de derechos reales sobre ellos). Si crees que no ha habido ganancia o que la ganancia real es menor, aporta las escrituras de compra y de venta (en herencias o donaciones anteriores, la declaración del impuesto de sucesiones y donaciones). Bonificación del 95 % solo para actividades económicas declaradas de especial interés municipal por el Pleno.

Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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