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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Cornellà de Llobregat

Barcelona · Cataluña

Adónde ir

Ajuntament de Cornellà de Llobregat (Departament de Gestió Tributària)

Autoliquidación: la solicitas en la sede electrónica con certificado digital (instancia específica de Gestión Tributaria, una para compraventas y donaciones y otra para herencias) o, las personas físicas, en persona en el Registro del ayuntamiento con el impreso del modelo municipal (se recomienda cita previa) o por correo. Adjunta la copia simple de la escritura. En herencias, la bonificación por vivienda habitual se pide aparte, después de la autoliquidación.

Con cita previa. Teléfono: 93 377 02 12. La OAC atiende con cita previa, pedida con al menos 12 horas de antelación. Algunos trámites (alta en el padrón por nacimiento, cambio de domicilio, aviso de obras en la vivienda) se pueden hacer también por videollamada (OVAC), con cita.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Tipo de 2026: 30 % (ordenanza fiscal núm. 4). Plazos: 30 días hábiles en compraventas y donaciones; 6 meses desde la muerte en herencias, prorrogables hasta un año si lo pides en los 6 primeros meses (con la escritura de aceptación de herencia u otros documentos que indica la ordenanza). Herencias de la vivienda habitual (empadronamiento continuado de al menos 2 años): bonificación del 95 % para cónyuges, descendientes, ascendientes y parejas de hecho, si mantienes la vivienda 4 años. Exención en daciones en pago y ejecuciones hipotecarias de la vivienda habitual, con solicitud propia.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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