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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Carballo

A Coruña · Galicia

Adónde ir

Concello de Carballo

En Carballo la plusvalía no se autoliquida: presentas la declaración del impuesto por cualquier registro oficial (el registro electrónico de la sede del Concello, con certificado digital o Cl@ve, o el registro de la Praza do Concello) con copia de la escritura o del documento de la transmisión y del título por el que se adquirió el terreno, y el Concello te notifica la liquidación. Quien compra (en las ventas) o quien dona (en las donaciones) también tiene que comunicar la transmisión al Concello en el mismo plazo.

Oficinas

Tipo de gravamen: 25 %. Plazos: 30 días hábiles desde la venta o la donación; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si lo pides. Lleva copia de la escritura o del documento de la transmisión y del título de la primera adquisición (la escritura de obra nueva o de división horizontal no vale); si heredaste o te donaron el terreno, el modelo del impuesto de sucesiones y donaciones con el valor declarado; en herencias, el certificado de defunción, el de últimas voluntades, el testamento y copia del DNI de los herederos; y la referencia catastral, si no consta en los documentos. Si crees que no hubo ganancia, dilo en la declaración y aporta los títulos de compra y de venta. Herencias a favor de hijos y adoptados, cónyuge, padres y adoptantes: bonificación del 95 % de la cuota.

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¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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