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Pagar el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) en Paterna

Valencia/València · Comunitat Valenciana

Adónde ir

Ajuntament de Paterna (Área de Gestión Municipal, Gestión de IBI y Recaudación)

En Paterna el IBI lo cobra el propio ayuntamiento, no la Diputación de València. Periodo voluntario de 2026 del IBI urbano: del 15 de junio al 17 de agosto (el rústico, del 1 de octubre al 1 de diciembre). Se paga en los bancos colaboradores (Santander, Sabadell, BBVA, CaixaBank y Caixa Popular), con tarjeta en la pasarela «Pago recibos municipales» de paterna.es, o domiciliado. El aviso de pago y tus recibos están en la Oficina Virtual Tributaria (paterna.tributoslocales.es).

Con cita previa. Teléfono: 010 o 96 137 96 00. Para domiciliar, fraccionar o pedir la cuenta tributaria en persona (solo particulares), pide cita y lleva el DNI y un certificado del banco con la titularidad de la cuenta. Las empresas tienen que pedirlo por la sede electrónica.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Domiciliado, el IBI urbano se carga el 1 de julio de 2026 (el rústico, el 3 de noviembre). Domiciliar el pago en un solo plazo tiene una bonificación del 3 % del recibo, hasta 10 € por recibo. Con la «cuenta tributaria» pagas todos tus tributos municipales sin intereses en 12, 6, 4 o 2 cuotas; se pide hasta el 30 de noviembre del año anterior. También puedes pedir el fraccionamiento durante el periodo voluntario (hasta 24 meses, cuotas de al menos 20 € al mes, con intereses). Tipo de gravamen: 0,48 % en urbana, 0,74 % en rústica y 1,3 % en bienes de características especiales. Familia numerosa (vivienda habitual, toda la familia empadronada en ella): 25 % en categoría general y 50 % en especial; se pide en el ayuntamiento y vale desde el año siguiente. Placas solares o térmicas en viviendas: 50 % durante 5 años desde que funcionan, sin pasar del 20 % de lo que costó la instalación. Los cambios de titular y los errores del valor catastral son del Catastro.

Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende de quién cobre el IBI en tu municipio (el ayuntamiento o el organismo de la diputación): casi todos permiten pagar el recibo, domiciliarlo y pedir bonificaciones por su sede electrónica, y el recibo se puede pagar también en los bancos colaboradores. Las declaraciones ante el Catastro (cambio de titular, obras, errores) se presentan en la Sede Electrónica del Catastro, salvo en Navarra y el País Vasco.

Necesitas: Para los trámites con identificación: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (o el sistema de cada ayuntamiento o diputación foral).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte de aplicar al valor catastral (base liquidable) el tipo de gravamen que fija cada ayuntamiento en su ordenanza: en régimen común, entre el 0,4 % y el 1,10 % en urbanos y entre el 0,3 % y el 0,90 % en rústicos, con algunos incrementos permitidos (art. 72 del TRLRHL). En Navarra (contribución territorial), entre el 0,25 % y el 0,50 %. En el País Vasco, los márgenes de la norma foral de cada territorio.
Cuánto tarda
Se paga una vez al año, en el periodo voluntario que fija cada ayuntamiento u organismo en su calendario fiscal (a veces en dos o más plazos). Si no hay otro plazo fijado, va del 1 de septiembre al 20 de noviembre (art. 62.3 de la Ley General Tributaria). En Gipuzkoa, con carácter general, del 15 de mayo al 30 de junio.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga el IBI si vendo el piso a mitad de año?

Quien era titular el 1 de enero, que es cuando se devenga. La ley permite repercutir el impuesto según el derecho común, así que el reparto entre vendedor y comprador depende de lo que pactéis.

El recibo sale a nombre de otra persona o con un valor que no es correcto: ¿dónde lo arreglo?

En el Catastro, que es quien fija el titular y el valor catastral (fuera de Navarra y el País Vasco, la Dirección General del Catastro: Sede Electrónica, Gerencias o Línea Directa del Catastro). Contra sus resoluciones cabe recurso de reposición ante la Gerencia o reclamación económico-administrativa en un mes. En Navarra, en el ayuntamiento; en el País Vasco, en el catastro de la diputación foral.

¿Qué pasa si no lo pago en plazo?

Se abre el periodo ejecutivo con recargo: 5 % si pagas antes de recibir la providencia de apremio, 10 % si pagas en el plazo que da esa providencia y 20 % más intereses de demora en los demás casos (art. 28 de la Ley General Tributaria; los mismos porcentajes en Navarra).

¿Qué bonificaciones puedo pedir?

Las que regule la ordenanza de tu ayuntamiento dentro de lo que permite la ley: hasta el 90 % para familias numerosas, hasta el 50 % por instalar placas solares u otras energías renovables, hasta el 50 % por puntos de recarga de vehículos eléctricos, hasta el 95 % por alquiler con renta limitada, y el 50 % obligatorio durante tres años para viviendas de protección oficial. Casi todas hay que pedirlas.

¿Me pueden cobrar un recargo por tener la vivienda vacía?

Sí, si el ayuntamiento lo regula: hasta el 50 % de la cuota (más en algunos casos) para viviendas desocupadas de forma permanente más de dos años sin causa justificada, con las condiciones del art. 72.4 bis del TRLRHL. En Gipuzkoa, los ayuntamientos pueden cobrar hasta un 150 % más por las viviendas que no sean residencia habitual.

Fuentes oficiales

Comprobado el 4 de noviembre de 2026

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