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Pedir la licencia de primera ocupación en Málaga

Málaga · Andalucía

Adónde ir

Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Málaga (Servicio Jurídico Administrativo de Licencias y Declaraciones Responsables)

En Málaga la primera ocupación de una obra nueva o ampliación hecha con licencia es una declaración responsable (DR1OCU): la presentas cuando la obra está terminada y puedes ocupar el inmueble desde ese momento; la Gerencia lo comprueba después. Se presenta en la sede electrónica del ayuntamiento, en las OMAC o en el Registro General.

Con cita previa. Para consultas en la Gerencia de Urbanismo hay cita previa; presentar la declaración en la sede electrónica no la necesita.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Documentos: el formulario oficial de declaración responsable (solo si la presentas en papel), la representación si la hay y el justificante de la tasa; el certificado final de obra visado de la dirección de obra y de ejecución; un certificado visado de que lo construido se ajusta a la licencia, con fotos; fotos de la obra firmadas por la promotora y la dirección técnica; la documentación de puesta en funcionamiento de las instalaciones y, si procede, el certificado de las compañías suministradoras sobre las acometidas; el informe catastral de ubicación de las construcciones (ICUC); el certificado o justificante de telecomunicaciones (ICT); el certificado de las comprobaciones de aislamiento acústico; y, según el caso, los certificados de urbanización, de cumplimiento de las condiciones de la licencia, de la junta de compensación, de arqueología o lo que pidiera el informe de Bomberos. Tasa: según la ordenanza fiscal n.º 15.

Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento: casi todos admiten la solicitud, la declaración responsable o la comunicación por su sede electrónica, con los certificados escaneados; también se puede presentar en el registro municipal. Las empresas promotoras y los profesionales colegiados que actúen como tales están obligados a hacerlo por internet (art. 14.2 de la Ley 39/2015).

Necesitas: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (o el sistema de identificación del ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
La tasa municipal por licencia o por el control de la declaración responsable o comunicación (art. 20.4.h del TRLRHL), según la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento: unas cobran un fijo, otras un porcentaje de la tasa de obras o del coste, y algunas no cobran nada. Con el coste final, el ayuntamiento ajusta el ICIO que pagaste al empezar (art. 103.1 del TRLRHL).
Cuánto tarda
Con declaración responsable o comunicación previa, puedes ocupar el edificio desde que la presentas completa, aunque en algunas comunidades hay que esperar un plazo (en Canarias, presentarla al menos un mes antes). Con licencia, hay que esperar a la resolución: un mes en Palma y hasta tres meses en Bilbao.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Cuándo hace falta?

Al terminar un edificio de nueva planta, una ampliación, una rehabilitación integral o un cambio de uso (por ejemplo, de local a vivienda), y en general cuando la obra se hizo con licencia de obra mayor. Cada ayuntamiento concreta los casos en su ordenanza.

¿Es una licencia o una declaración responsable?

Depende de la comunidad: en Madrid, Andalucía, Aragón, la Comunitat Valenciana y la Región de Murcia es una declaración responsable; en Cataluña y Canarias, una comunicación previa; en las Illes Balears y el País Vasco sigue siendo una licencia. Mira la regla de tu comunidad o de tu ciudad.

¿Es lo mismo que la cédula de habitabilidad?

No. La primera ocupación la da (o la recibe) el ayuntamiento y acredita que la obra se ajusta a lo autorizado. La cédula de habitabilidad, donde existe (Cataluña, Illes Balears y otras), la expide la comunidad o el consell insular y acredita las condiciones mínimas de la vivienda; en obra nueva a veces hacen falta las dos.

¿Quién la pide si la casa la he hecho yo?

Tú, como promotor o promotora de la obra, con el certificado final de obra de tu técnico. Algunos ayuntamientos tienen un trámite propio para la vivienda unifamiliar de autopromoción (Murcia, por ejemplo).

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

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