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Pedir la licencia de primera ocupación en Barcelona

Barcelona · Cataluña

Adónde ir

Ajuntament de Barcelona (Gerencia de Área de Urbanismo y Vivienda)

En Barcelona no se pide licencia de primera ocupación: la persona titular de la licencia de obras mayores presenta la comunicación de primera ocupación en los 15 días hábiles siguientes a acabar la obra. Se hace por internet en la Oficina Virtual (idCAT Mòbil, Cl@ve, DNIe o certificado digital) o, si eres persona física, en una Oficina de Atención Ciudadana. Es gratuita.

Es obligatoria en edificios de nueva construcción, de gran rehabilitación, viviendas nuevas que salen de una reforma o un cambio de uso y ampliaciones con nuevos locales (licencias de tipo O-1a, O-1b y O-1f; en otras, si lo dice la licencia). Documentos: declaración responsable modelo DRCOB07; certificado de final de obra del técnico, visado; cédula de habitabilidad (en viviendas); proyecto básico con los cambios hechos durante la obra; proyecto «as built» (memoria, planos de arquitectura, estructura e instalaciones, también de incendios); documentación de protección contra incendios; certificados finales de instalación térmica y solar fotovoltaica; certificado de aislamiento acústico (edificios empezados desde el 20-may-2017); certificación de telecomunicaciones de la Generalitat si procede; certificado de gestión de los escombros; plano geocodificado; y lo que pidan las condiciones de la licencia. Por internet, en dos archivos: uno con el proyecto básico y el «as built» y otro con lo demás. Después, el ayuntamiento revisa y admite la comunicación o te avisa de deficiencias, y puede inspeccionar la obra. No paga tasa (está incluida en la licencia de obras mayores); si el presupuesto final supera el inicial, hay que regularizar el ICIO con la liquidación definitiva.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento: casi todos admiten la solicitud, la declaración responsable o la comunicación por su sede electrónica, con los certificados escaneados; también se puede presentar en el registro municipal. Las empresas promotoras y los profesionales colegiados que actúen como tales están obligados a hacerlo por internet (art. 14.2 de la Ley 39/2015).

Necesitas: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (o el sistema de identificación del ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
La tasa municipal por licencia o por el control de la declaración responsable o comunicación (art. 20.4.h del TRLRHL), según la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento: unas cobran un fijo, otras un porcentaje de la tasa de obras o del coste, y algunas no cobran nada. Con el coste final, el ayuntamiento ajusta el ICIO que pagaste al empezar (art. 103.1 del TRLRHL).
Cuánto tarda
Con declaración responsable o comunicación previa, puedes ocupar el edificio desde que la presentas completa, aunque en algunas comunidades hay que esperar un plazo (en Canarias, presentarla al menos un mes antes). Con licencia, hay que esperar a la resolución: un mes en Palma y hasta tres meses en Bilbao.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Cuándo hace falta?

Al terminar un edificio de nueva planta, una ampliación, una rehabilitación integral o un cambio de uso (por ejemplo, de local a vivienda), y en general cuando la obra se hizo con licencia de obra mayor. Cada ayuntamiento concreta los casos en su ordenanza.

¿Es una licencia o una declaración responsable?

Depende de la comunidad: en Madrid, Andalucía, Aragón, la Comunitat Valenciana y la Región de Murcia es una declaración responsable; en Cataluña y Canarias, una comunicación previa; en las Illes Balears y el País Vasco sigue siendo una licencia. Mira la regla de tu comunidad o de tu ciudad.

¿Es lo mismo que la cédula de habitabilidad?

No. La primera ocupación la da (o la recibe) el ayuntamiento y acredita que la obra se ajusta a lo autorizado. La cédula de habitabilidad, donde existe (Cataluña, Illes Balears y otras), la expide la comunidad o el consell insular y acredita las condiciones mínimas de la vivienda; en obra nueva a veces hacen falta las dos.

¿Quién la pide si la casa la he hecho yo?

Tú, como promotor o promotora de la obra, con el certificado final de obra de tu técnico. Algunos ayuntamientos tienen un trámite propio para la vivienda unifamiliar de autopromoción (Murcia, por ejemplo).

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

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