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Licencia de obra menor (o declaración responsable) en Sant Vicent del Raspeig/San Vicente del Raspeig

Alicante/Alacant · Comunitat Valenciana

Adónde ir

Ajuntament de Sant Vicent del Raspeig (Urbanismo)

Las obras de reforma que no tocan los elementos estructurales principales ni elementos catalogados y las de mantenimiento sin andamio en la vía pública (también las placas solares sobre edificios existentes) van por declaración responsable: URB12A si no cambias la distribución y URB12B si la cambias. Se presenta en la sede electrónica o en el registro de la oficina CIVIC, con la tasa y el ICIO pagados, y con eso puedes empezar la obra. Las obras de nueva planta, de ampliación, las que afectan a la vía pública o cambian el uso van por licencia.

Cita previa recomendable. Teléfono: 010 (965 675 065). Las empresas y los profesionales colegiados tienen que presentarla por la sede electrónica.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Base legal: texto refundido de la LOTUP (Decreto Legislativo 1/2021). Lleva el modelo de declaración responsable, una memoria descriptiva de las obras, el presupuesto por capítulos con la medición de cada partida (con los precios del Instituto Valenciano de la Edificación o de la ordenanza del ICIO), el plano de situación del parcelario catastral, el justificante de la tasa y, en reparaciones o mantenimiento, fotos del estado inicial. Si tocas elementos comunes, la conformidad de los propietarios; si hay intervención estructural, proyecto visado. Tasa de tramitación de obras menores: 18,60 €. ICIO: 3,20 % del presupuesto (el ayuntamiento tiene una calculadora en su web). La declaración vale un año desde que la presentas.

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¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento: la mayoría admite la licencia, la declaración responsable o la comunicación previa por su sede electrónica, con los documentos escaneados; también se puede presentar en el registro municipal. Las empresas y los profesionales colegiados que actúen como tales están obligados a hacerlo por internet (art. 14.2 de la Ley 39/2015).

Necesitas: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (o el sistema de identificación del ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
La tasa municipal (según la ordenanza fiscal) y el ICIO, si el ayuntamiento lo exige: hasta el 4 % del coste de ejecución material de la obra (art. 102 del TRLRHL); en Navarra, entre el 2 % y el 5 %. En Ceuta y Melilla, el ICIO tiene una bonificación del 50 %.
Cuánto tarda
Con declaración responsable o comunicación previa, puedes empezar el mismo día en que la presentas completa (art. 69.3 de la Ley 39/2015); el ayuntamiento comprueba después. Con licencia, hay que esperar a la resolución: en La Rioja, un mes para las obras menores, con silencio positivo.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre licencia, declaración responsable y comunicación previa?

Con licencia, el ayuntamiento revisa y autoriza antes de que empieces. Con declaración responsable, declaras que cumples los requisitos y tienes los documentos, y puedes empezar al presentarla. Con comunicación previa, solo das tus datos y los de la obra. En los dos últimos casos el ayuntamiento comprueba después.

¿Necesito un arquitecto o un aparejador?

Solo si la obra necesita proyecto o documentación técnica según la ley (por ejemplo, si afecta a la estructura). Para las obras menores sencillas basta, en general, con la memoria y el presupuesto; mira lo que pide la ordenanza de tu ayuntamiento.

¿Quién paga el ICIO si la obra la hace una empresa?

Lo debe el dueño de la obra, quien paga su coste. Si la pide o la hace otra persona (el constructor, por ejemplo), esta lo paga como sustituto y puede reclamártelo (art. 101 del TRLRHL).

¿Qué pasa si hago la obra sin licencia ni declaración?

Es una obra sin título habilitante: el ayuntamiento puede suspenderla, pedir que la legalices o que restituyas lo hecho, y sancionarte. El ICIO se debe igual, porque se devenga al empezar la obra (art. 102.4 del TRLRHL).

Fuentes oficiales

Comprobado el 4 de noviembre de 2026

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