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Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Sant Vicent del Raspeig/San Vicente del Raspeig

Alicante/Alacant · Comunitat Valenciana

Adónde ir

Ajuntament de Sant Vicent del Raspeig (Oficina de Atención al Ciudadano, CIVIC)

Por internet, en la sede electrónica, con firma electrónica: hay un trámite para cada caso (PMH01 vivienda en propiedad, PMH02 alquiler, PMH03 con autorización del propietario, PMH04 y PMH05 con menores y un solo progenitor). En persona, en la oficina CIVIC del ayuntamiento, con cita previa.

Con cita previa. Teléfono: 010 (965 675 065). Sin cita (con ticket en la máquina del vestíbulo): alta de recién nacidos, renovación o confirmación de residencia de personas extranjeras y modificación de datos personales.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Gratuito. Lleva la hoja padronal firmada por todos los mayores de edad y el documento de identidad en vigor de todas las personas (DNI desde los 14 años; personas extranjeras, pasaporte o permiso de residencia; de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, NIE con pasaporte o documento de identidad). Menores: libro de familia o certificado de nacimiento (si es extranjero, pueden pedir legalización o traducción). Vivienda en propiedad: escritura, nota simple, última factura del agua, recibo del IBI o de la basura del último año. Alquiler: contrato en vigor con al menos 6 meses por delante (o su prórroga), el último recibo pagado y un documento de la propiedad del arrendador. Si ya vive alguien empadronado, tiene que firmar la hoja padronal y aportar su documento de identidad.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.

Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
Cuánto tarda
Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?

Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).

¿Y si no tengo domicilio fijo?

Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.

¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?

No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.

¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?

No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

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