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Sacar la licencia de caza en Mula

Murcia · Región de Murcia

Adónde ir

Región de Murcia: Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática (Sección de Caza y Pesca Fluvial)

La licencia autonómica de caza (procedimiento 1695) se pide por la sede electrónica de la CARM (DNI electrónico, certificado o Cl@ve), con el pago de la tasa dentro de la solicitud, o en persona en una oficina de registro de la CARM, donde se tramita al momento, con cita previa. Para la primera licencia, o si te la retiraron por una infracción grave o muy grave, antes hay que aprobar el examen del cazador (procedimiento 2654).

Cita previa recomendable. Teléfono: 968 358 554. Teléfono de la Sección de Caza y Pesca Fluvial para licencias y pruebas de aptitud. En persona, con cita previa en una oficina de registro.

Tasa de la licencia: 10 € al año, con una bonificación del 80 % para residentes en la Región (con certificado de empadronamiento) y gratis para jubilados y menores. Tienes que tener el seguro obligatorio de responsabilidad civil y el de accidentes del cazador. Los menores de 18 no emancipados (desde los 14) necesitan autorización escrita. Examen del cazador de 2026: convocatorias del 15 de abril, 23 de septiembre y 18 de noviembre (solicitudes hasta el 1 de abril, 8 de septiembre y 3 de noviembre). Murcia está en el convenio de la licencia interautonómica. Web: https://cazaypesca.carm.es/licencias

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Casi todas las comunidades la expiden o la renuevan por internet, muchas en el acto (Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Madrid). En Mallorca la primera licencia se pide en persona y en Navarra, por correo electrónico. El examen del cazador es presencial.

Necesitas: Según la comunidad: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (en Cataluña, idCAT; en Gipuzkoa, B@kQ). Madrid (respuesta inmediata), Aragón y Asturias permiten sacarla con los datos del DNI y pago con tarjeta.

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Qué llevar

Cuánto cuesta
Depende de la comunidad, del tipo de licencia y de los años. Ejemplos 2026 por un año: Madrid, 22 €; Castilla-La Mancha, 41,79 € (0 € para residentes); Cataluña, 29,40 € con armas; Andalucía, 28,29 € con armas para mayor y menor; Navarra, 13,86 €. Casi todas eximen a los mayores de 65. La interautonómica cuesta 70 € en todas las comunidades del convenio y no tiene exenciones por edad.
Cuánto tarda
Por internet, en varias comunidades sale en el momento (Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha y Madrid, con una licencia provisional de un mes). Por registro, el plazo legal va de un mes (Canarias) a seis (Extremadura). Si necesitas el examen, cuenta con sus pocas convocatorias al año.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Tengo que hacer el examen del cazador?

Para la primera licencia, casi todas las comunidades lo exigen (o un curso con prueba final). Si ya tuviste licencia antes de que tu comunidad implantara el examen, o tienes licencia de otra comunidad con examen equivalente, normalmente no tienes que repetirlo. Para la interautonómica, el «nuevo cazador» es quien no puede acreditar una licencia anterior de una comunidad con examen; ese tiene que aprobar la prueba de aptitud de alguna de las comunidades firmantes (convenio, cláusulas quinta y sexta).

¿Qué es la licencia interautonómica y dónde vale?

Una sola licencia, válida un año desde que se expide, para cazar en todas las modalidades (con armas o sin ellas) en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid y Murcia. Cuesta 70 € y se saca en cualquiera de esas comunidades. Tienes que tener licencia en vigor de una de ellas o haber aprobado su examen, y no estar inhabilitado. No vale en el resto de comunidades.

¿Qué cubre el seguro obligatorio del cazador?

La responsabilidad civil de quien caza con armas por los daños corporales que cause a otras personas durante la acción de cazar, en toda España, hasta 90.151,82 € por víctima. Dura un año (o menos si la licencia es temporal) y puedes ampliar la cobertura de forma voluntaria (Real Decreto 63/1994, arts. 1 a 5).

¿La licencia de caza me permite tener un arma?

No. El permiso de armas es otro trámite, de la Guardia Civil: se pide en la Intervención de Armas de tu domicilio. Para armas largas rayadas de caza mayor es la licencia D y para escopetas, la E; la primera vez hay que superar una prueba teórica y otra práctica. Información oficial: https://web.guardiacivil.es/es/tramites/procedimientos_administrativos/Solicitud-de-la-licencia-de-armas-tipo-D-armas-largas-rayadas-para-caza-mayor y https://web.guardiacivil.es/es/tramites/autorizaciones-de-armas-y-explosivos/controldearmas/pruebas_licenciasarmas/licenciasDEAEM/

¿Desde qué edad se puede sacar?

En la mayoría de comunidades, desde los 14 años con autorización de la madre, el padre o el tutor (en Galicia, desde los 16; en Mallorca, 16 para caza mayor). Para cazar con armas siendo menor hace falta además la autorización especial de la Guardia Civil.

Vengo de otra comunidad o del extranjero: ¿qué hago?

Si vas a cazar unos días, mira si la comunidad tiene licencias o permisos temporales (Andalucía, hasta 15 días; Cataluña, 15 días; Navarra, 9 días; Mallorca, 1 mes para no residentes). Varias comunidades reconocen la aptitud acreditada en otras o en países homologados (Castilla-La Mancha, Extremadura).

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

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