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Pagar el impuesto de circulación (IVTM) en Barcelona

Barcelona · Cataluña

Adónde ir

Institut Municipal d'Hisenda (Ajuntament de Barcelona)

El impuesto de circulación lo cobra el Institut Municipal d'Hisenda, en un recibo anual que paga quien sea titular del vehículo el 1 de enero. Con el recibo puedes pagarlo por internet con tarjeta o Bizum sin certificado, en el 010, en las oficinas de Correos informatizadas o en los bancos colaboradores (Banc Sabadell, Banco Santander, BBVA y CaixaBank) por banca electrónica, oficina o cajero. También puedes domiciliarlo o incluirlo en la Tarifa plana.

Cita previa recomendable. Teléfono: 010 (gratuito); 931 537 010 desde fuera del área metropolitana. La atención personalizada en las oficinas de atención ciudadana se pide con cita. Para pagar no hace falta ir.

Pedir cita en la web oficial

Plazo de pago voluntario de 2026: del 15 de abril al 15 de junio (ya cerrado). Los recibos domiciliados se cargaron el 3 de julio. Si no tienes el recibo o se te pasó el plazo, pide uno nuevo en la oficina virtual. Tarifa plana: pagas todos tus tributos del año domiciliados y repartidos en mensualidades (cuota mínima de 30 €); para 2027 se pide por internet del 16 de octubre de 2026 al 20 de enero de 2027. Cuotas de 2026 de un turismo (coeficiente 2): menos de 8 caballos fiscales, 25,24 €; de 8 a 11,99, 68,16 €; de 12 a 15,99, 143,88 €; de 16 a 19,99, 179,22 €; 20 o más, 224 €. Motos: 8,84 € hasta 125 cc (las eléctricas pagan como estas) y 121,16 € de más de 1.000 cc. Bonificaciones: históricos, 100 %; turismos con etiqueta CERO, 75 % los cinco primeros años (motos eléctricas CERO, 40 %); turismos ECO de gasolina con hasta 120 g/km de CO2, 50 % los cinco primeros años. Las bonificaciones se piden con la autoliquidación al matricular o, si ya pagas por padrón, desde que se expone el padrón hasta un mes después del fin del plazo. Exención por discapacidad (33 % o más, vehículo de uso exclusivo, uno por persona): se pide en la oficina virtual (trámite «Exenciones de pago del IVTM»); si la discapacidad no la reconoció la Generalitat, aporta el certificado.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende de quién cobre el impuesto en tu municipio (el ayuntamiento, su agencia tributaria o el organismo de la diputación): casi todos dejan pagar el recibo, domiciliarlo y pedir exenciones o bonificaciones por su sede electrónica, y el recibo se puede pagar también en los bancos colaboradores. El cambio de domicilio del vehículo, que decide qué ayuntamiento te cobra, se hace en la sede de la DGT.

Necesitas: Para pagar con el recibo no suele hacer falta identificarte. Para domiciliar o pedir una exención: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (o el sistema de cada ayuntamiento o diputación foral).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que diga la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento. La ley fija unas cuotas mínimas (por ejemplo, un turismo de menos de 8 caballos fiscales, 12,62 €; de 12 a 15,99, 71,94 €; una moto de hasta 125 cc, 4,42 €) y cada ayuntamiento puede multiplicarlas por un coeficiente de hasta 2 (art. 95 del TRLRHL). En Navarra las cuotas las fija la Ley Foral de Haciendas Locales (un turismo de menos de 8 caballos fiscales, 23,57 € en 2026). En el País Vasco, la norma foral de cada territorio.
Cuánto tarda
Se paga una vez al año, en el periodo voluntario que fija cada ayuntamiento u organismo en su calendario fiscal (en muchas ciudades, entre marzo y junio). El impuesto se devenga el 1 de enero: lo paga quien sea titular ese día.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿En qué ayuntamiento pago el impuesto de circulación?

En el del domicilio que consta en el permiso de circulación del vehículo (art. 97 del TRLRHL), que es el domicilio fiscal del vehículo en la DGT el 1 de enero. Ese domicilio debe coincidir con el municipio donde estás empadronado: si te has mudado, cámbialo en la sede de la DGT.

¿Quién paga el impuesto si vendo el coche a mitad de año?

Quien era titular el 1 de enero, que es cuando se devenga, y por el año entero: la ley solo prorratea la cuota en la primera matriculación y en la baja del vehículo. El reparto con la persona compradora es cosa de lo que pactéis.

Tengo una discapacidad: ¿no pago el impuesto?

Están exentos los vehículos matriculados a tu nombre para tu uso exclusivo si tienes una discapacidad del 33 % o más, tanto si lo conduces tú como si es para llevarte, y los adaptados para personas con movilidad reducida. Solo un vehículo por persona. Tienes que pedirla al ayuntamiento con el certificado de discapacidad y justificar el destino del vehículo como diga su ordenanza. En Navarra y en el País Vasco los requisitos son otros (ver más abajo).

¿Pagan menos los coches eléctricos, híbridos o históricos?

Depende de tu ayuntamiento. La ley le permite bonificar hasta el 75 % según el carburante o el motor y su efecto en el medio ambiente, y hasta el 100 % a los vehículos históricos o de 25 años o más (art. 95.6 del TRLRHL). En Navarra, hasta el 50 % a los ECO y hasta el 100 % a los de cero emisiones.

¿Qué pasa si no lo pago en plazo?

Se abre el periodo ejecutivo con recargo: 5 % si pagas antes de recibir la providencia de apremio, 10 % si pagas en el plazo que da esa providencia y 20 % más intereses de demora en los demás casos (art. 28 de la Ley General Tributaria). Además, Tráfico no tramitará el cambio de titular del vehículo hasta que esté pagado el del año anterior.

He dado de baja el coche: ¿me devuelven parte del impuesto?

La cuota se prorratea por trimestres naturales cuando el vehículo se da de baja definitiva, o temporal por robo desde que consta en Tráfico (art. 96.3 del TRLRHL). Pide la devolución al ayuntamiento u organismo que te lo cobra, con el justificante de la baja de la DGT.

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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