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Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Rozas de Madrid, Las

Madrid · Comunidad de Madrid

Adónde ir

Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid (Padrón Municipal de Habitantes)

Puedes pedir el alta o el cambio de domicilio por la sede electrónica (trámite «Solicitud de Alta o cambio de domicilio en el Padrón Municipal de Habitantes», con la hoja padronal firmada electrónicamente) o en persona en cualquiera de las tres Oficinas de Asistencia en Materia de Registro. El padrón se atiende con cita previa o sin ella, dentro del horario de cada oficina. Si en la vivienda ya hay personas empadronadas, hay un trámite propio en la sede.

Cita previa recomendable. Teléfono: 010 o 900 153 856. El 010 (desde Las Rozas) y el 900 153 856 son gratuitos. Sin cita, el último turno se da 15 minutos antes del cierre.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Qué llevar (original o copia auténtica): la hoja de inscripción padronal rellena y firmada; el documento de identidad en vigor de cada persona (DNI, pasaporte, certificado de registro de ciudadano de la Unión con pasaporte o documento nacional, o TIE; para menores de 14 años, libro de familia, certificado de nacimiento o su documento); y un documento que acredite la titularidad o el uso de la vivienda: título de propiedad (no hace falta si el ayuntamiento ya lo tiene), contrato de alquiler en vigor con el último pago, o autorización firmada del titular con su DNI. Menores con un solo progenitor: resolución judicial de guarda y custodia si existe, o consentimiento del otro progenitor; con custodia compartida sin pronunciamiento sobre el empadronamiento, acuerdo de ambos o resolución judicial. Plazo de resolución: 3 meses. El volante y el certificado de empadronamiento se piden por internet.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.

Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
Cuánto tarda
Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?

Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).

¿Y si no tengo domicilio fijo?

Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.

¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?

No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.

¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?

No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

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