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Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Cádiz

Cádiz · Andalucía

Adónde ir

Ayuntamiento de Cádiz (Oficina de Estadística y Padrón)

Por internet, con certificado digital, en el Portal del Ciudadano del ayuntamiento (Padrón Municipal, «Otros trámites»: altas y cambios). En persona, con cita previa, en la Oficina de Estadística de la planta baja del ayuntamiento, con la hoja padronal (modelo 215) firmada por todos los mayores de edad y los documentos en original y fotocopia. Es gratis.

Con cita previa. Teléfono: 654 592 642 (llamada o WhatsApp). La cita para el padrón, la Atención a la Ciudadanía y la acreditación del certificado digital se pide por teléfono o WhatsApp.

Oficinas

Documentos: hoja padronal de alta firmada por los mayores de edad; documento de identidad de cada persona (DNI, tarjeta de residencia o pasaporte; libro de familia para los menores de 15 años); y un documento que acredite que ocupas la vivienda: escritura, contrato de alquiler, o contrato o factura actual de teléfono, agua o luz. Si te empadronas en una vivienda donde ya vive gente, la persona titular firma la autorización (modelo 160) y aporta su documento de identidad y el título de la vivienda. Si no sabes dónde estabas empadronado antes, la declaración de no figurar en otro padrón (modelos 158 y 159). Menores en un domicilio distinto del de sus padres: autorización de los padres y de la persona titular de la vivienda; con separación, divorcio o tutela, la resolución judicial. El volante y el certificado de empadronamiento se piden en el mismo Portal del Ciudadano con certificado digital o en la oficina con cita.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.

Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
Cuánto tarda
Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?

Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).

¿Y si no tengo domicilio fijo?

Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.

¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?

No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.

¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?

No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

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