Cambiar de titular un vehículo (transferencia) en Santa Cruz de Tenerife
Santa Cruz de Tenerife · Canarias

Adónde ir
DGT y Agencia Tributaria Canaria
En Canarias, el impuesto se paga con el modelo 620 en el mes siguiente al contrato, por internet en la sede del Gobierno de Canarias o en las oficinas de la Agencia Tributaria Canaria (por el registro electrónico general no vale). Con el justificante, el comprador pide el cambio de titular a la DGT (por internet o en una Jefatura con cita) en los 30 días siguientes a la compra.
Con cita previa. Teléfono: 060. Al pedir cita, si va otra persona en tu nombre, hay que dar el DNI de los dos. Desde el extranjero: +34 902 887 060.
Pedir cita en la web oficialTeléfono 060: atención automática las 24 horas; con agente, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 (salvo festivos nacionales).
Las fuentes oficiales no coinciden: la ficha del trámite en la sede de la DGT da para la tasa 1.5 55,70 €, y la tabla de tasas en PDF de la misma sede, 55,15 € (y 27,85 € frente a 27,57 € para los ciclomotores). Publicamos lo que dice la ficha oficial más concreta; confírmalo antes de ir.
Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.
¿Se puede hacer por internet?
Sí, por internet
El asistente de transferencias de la DGT te guía según quién compra y quién vende, y te lleva al registro electrónico, donde adjuntas el contrato y el justificante del impuesto y pagas la tasa. La DGT no garantiza plazo para estas solicitudes. El impuesto se paga por internet en casi todas las comunidades (ver la tuya).
Necesitas: Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
Ir a la sede oficialQué llevar
- Solicitud en el impreso oficial de cambio de titularidad (modelo 02), firmada por comprador y vendedor; también la dan en las Jefaturas.
- Contrato de compraventa firmado por los dos en todas sus hojas, o factura si vende una empresa (si la solicitud la firman los dos, en la Jefatura no hace falta el contrato).
- Documento de identidad original del comprador: DNI, permiso de conducir español, tarjeta de residencia o pasaporte con NIE. Siempre el original, aunque vaya otra persona.
- Justificante del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620 o 621 según la comunidad) pagado, exento o no sujeto. Si vende una empresa, basta la factura.
- Justificante de la tasa 1.5 pagada (o pagarla en la Jefatura con tarjeta, nunca en efectivo).
- Si va otra persona: autorización en el Registro de apoderamientos de la DGT o el modelo «Otorgamiento de representación» firmado.
- Cuánto cuesta
- Tasa 1.5 de la DGT: 55,70 € según la ficha del trámite en la sede (la tabla PDF de tasas de la misma sede aún dice 55,15 €). Ciclomotores: tasa 1.2, 27,85 € (el PDF dice 27,57 €). Notificación de venta (vendedor): tasa 4.1, 8,67 €. Además, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de tu comunidad o territorio foral, que se calcula sobre el precio pactado o, si es mayor, el valor de las tablas oficiales de precios medios de vehículos de 2026.
- Cuánto tarda
- El comprador tiene 30 días desde la firma del contrato para pedir el cambio. En la Jefatura te dan el nuevo permiso de circulación en el momento (solo vale con la ITV en vigor). El impuesto tiene su propio plazo, de 30 días hábiles a dos meses según la comunidad.
Conviene saber
- Vendedor: haz la notificación de venta a la DGT nada más vender. Mientras el comprador no haga el cambio, las multas de radar, el seguro o la ITV te siguen llegando a ti; desde la notificación ya no respondes de las sanciones.
- Antes de comprar, pide el informe reducido del vehículo en la sede de la DGT: con señal verde se puede transferir. El informe completo cuesta 8,67 € (tasa 4.1).
- El vehículo tiene que estar de alta, con el impuesto de circulación del año anterior pagado, sin multas del vehículo pendientes y sin reserva de dominio (salvo que la financiera lo autorice o te subrogues).
- Pon en el contrato la hora exacta de entrega del vehículo y guarda copia del DNI de la otra parte.
- En la oficina solo atienden a particulares: las empresas tienen que hacerlo por internet.
- Si el impuesto se paga por internet, en varias comunidades se genera el Código Electrónico de Transferencia (CET), que la DGT recibe directamente.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el Impuesto de Transmisiones?
El comprador, en la comunidad donde tiene su residencia habitual. Si vende una empresa o un profesional, normalmente lleva IVA y no se paga este impuesto: basta la factura.
Me lo han regalado o lo he heredado: ¿es lo mismo?
El plazo es de 30 días desde la donación (90 en una herencia), pero el impuesto es el de Sucesiones y Donaciones, no el de Transmisiones. La tasa de la DGT es la misma.
¿Se puede transferir un coche embargado o con reserva de dominio?
Con embargo o precinto, sí, si el comprador firma que lo sabe (con precinto no se puede circular hasta levantarlo). Con reserva de dominio, no, hasta que la financiera la cancele en el Registro de Bienes Muebles o el comprador asuma la deuda.
¿Cuánto tarda?
En la Jefatura, con cita, te dan el permiso de circulación nuevo al momento. Por internet, la DGT no garantiza plazo y te avisa por correo electrónico cuando lo tramita.
¿Y un ciclomotor?
Mismo plazo de 30 días, con la tasa 1.2 (27,85 €).
¿Lo puede hacer una gestoría?
Sí. La DGT recuerda que compruebes que es fiable, leas lo que firmas y pidas copia de todo.
Fuentes oficiales
Comprobado el 4 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Transferencias de vehículos (Sede DGT) sede.dgt.gob.es
- Notificación de venta (Sede DGT) sede.dgt.gob.es
- Asistente de transferencias (Sede DGT) sede.dgt.gob.es
- Importe de las tasas de la DGT (PDF) sede.dgt.gob.es
- Orden HAC/1501/2025, precios medios de venta de vehículos para 2026 (BOE) boe.es
- ITP de vehículos usados en Ceuta y Melilla (Agencia Tributaria) sede.agenciatributaria.gob.es
- sede.gobiernodecanarias.org sede.gobiernodecanarias.org







