Pedir el título de familia monoparental en Zaragoza
Zaragoza · Aragón

Adónde ir
Gobierno de Aragón (Dirección General de Familia, Infancia y Natalidad)
Aragón expide el título de familia monoparental y su carné. Se pide por el tramitador de aragon.es con DNI electrónico, certificado o Cl@ve, o con la solicitud en un registro. Hay que estar empadronado en Aragón los 12 meses anteriores.
Cita previa recomendable. Cita para presentar la solicitud en una oficina de registro.
Pedir cita en la web oficialFicha: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/titulo-familia-monoparental (alta, renovación o cambio de datos). Requisitos: un único progenitor o asimilado, sin cónyuge ni pareja, con hijos solteros menores de 26 años (sin límite con discapacidad de al menos el 33 %) que convivan y tengan ingresos por debajo del IPREM. Categoría general con 1 hijo; especial con 2 o más, con ingresos por persona de hasta 1,5 IPREM, con discapacidad o incapacidad en la familia, o en violencia de género. Resolución en 3 meses (si no contestan, se entiende concedido). Validez: 10 años en general y 1 año si depende de los ingresos. Carné virtual en MiA (https://mia.aragon.es/mis-carnets-y-tarjetas). Ventajas que cita el Gobierno de Aragón: permisos para empleados públicos, descuentos en la Universidad de Zaragoza y becas de movilidad, comedor y material curricular.
¿Se puede hacer por internet?
En parte, por internet
Donde existe, casi siempre se pide por la sede electrónica de la comunidad (en Baleares, la del consell insular). En las comunidades sin título no hay nada que pedir: cada ayuda te dirá qué documentos llevar.
Necesitas: Según la comunidad: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (en Cataluña, idCAT Mòbil; en Galicia, Chave365).
Qué llevar
- Solicitud en el modelo oficial de tu comunidad y, a menudo, una declaración responsable de que no tienes pareja ni convives con otra persona como pareja.
- Libro de Familia o certificados de nacimiento de los hijos.
- Documento de identidad (y, si eres extranjero, la documentación de residencia) y empadronamiento, si no autorizas que lo consulten.
- Según el caso: certificado de defunción del otro progenitor, sentencia o convenio de custodia, sentencia o denuncia por impago de la pensión de alimentos, acreditación de violencia de género, resolución de acogimiento o tutela, certificado de discapacidad.
- Para los hijos mayores de 21 años, la matrícula de estudios; y, donde haya límite, los datos de ingresos.
- Cuánto cuesta
- Gratuito en las fichas oficiales consultadas (Mallorca, Cantabria, Cataluña, Comunitat Valenciana, Murcia; en La Rioja, lo dice la ley).
- Cuánto tarda
- Según la comunidad: en Cantabria, 2 meses; en Andalucía, Aragón, Baleares, Galicia, Murcia y Navarra, 3 meses; en Asturias, Comunitat Valenciana y País Vasco, 6 meses. En casi todas, si no te contestan a tiempo, se entiende concedido. En Cataluña, en persona puede salir al momento.
Conviene saber
- El título es de tu comunidad y sirve para sus ayudas y ventajas (la Xunta dice expresamente que el suyo solo vale en Galicia). Si te mudas, pide el de tu nueva comunidad, si lo tiene.
- Comunica los cambios (una nueva pareja, que un hijo deje de cumplir los requisitos, un cambio de domicilio) en el plazo de tu comunidad: en Navarra y el País Vasco, 15 días; en Asturias y la Comunitat Valenciana, 3 meses.
- Casarte o formar una pareja de hecho te hace perder la condición (lo dicen expresamente Andalucía, Asturias y la Comunitat Valenciana).
- Si también eres familia numerosa, en Andalucía y Cataluña los dos títulos son compatibles, pero no se suman los beneficios de la misma clase.
Preguntas frecuentes
¿Hay un título de familia monoparental para toda España?
No. El proyecto de Ley de Familias de 2024 lo preveía, pero no se aprobó: el Congreso lo dio por caducado en noviembre de 2026. Solo hay títulos autonómicos.
¿En qué comunidades existe?
A 6 de noviembre de 2026: Andalucía, Aragón, Asturias, Illes Balears, Cantabria, Cataluña, Comunitat Valenciana, Galicia, Murcia, Navarra y País Vasco. La Rioja tiene ley, pero faltaba el reglamento. En Castilla y León está en preparación. Canarias, Castilla-La Mancha, Extremadura, Madrid, Ceuta y Melilla no lo tienen.
¿Quién se considera familia monoparental?
Depende de la comunidad. Siempre, la de un solo progenitor (o tutor o acogedor) con hijos a cargo que conviven con él y sin pareja. Muchas añaden la viudedad, la custodia exclusiva (a veces con límite de ingresos o si no se paga la pensión de alimentos), la violencia de género o que el otro progenitor esté en prisión u hospitalizado mucho tiempo.
¿Hay alguna deducción estatal en el IRPF?
Sí: la Ley del IRPF (art. 81 bis) da hasta 1.200 € al año al ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a pensión de alimentos y por los que tenga todo el mínimo por descendientes. Es para quien trabaja dado de alta en la Seguridad Social o cobra prestaciones por desempleo o pensiones. No exige título autonómico.
¿Hasta qué edad cuentan los hijos?
En general, hasta los 21 años, y hasta los 25 o 26 si estudian; sin límite si tienen discapacidad. En Andalucía, Aragón y la Comunitat Valenciana, hasta los 26 sin exigir estudios. Casi todas exigen que los hijos convivan y tengan pocos ingresos.
Fuentes oficiales
Comprobado el 6 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Congreso de los Diputados: Proyecto de Ley de Familias (121/000011), caducado congreso.es
- Ley 35/2006 del IRPF, art. 81 bis (texto consolidado, BOE) boe.es
- Ley Foral 5/2019, para la acreditación de las familias monoparentales en Navarra (BOE) boe.es
- Ley 1/2023, de reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Región de Murcia (BOE) boe.es
- Generalitat de Catalunya: título de familia monoparental tramits.gencat.cat
- Gobierno Vasco: reconocimiento de la condición de familia monoparental euskadi.eus
- www.aragon.es aragon.es
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