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Registrar una pareja de hecho en Pamplona/Iruña (Iruñea)

Navarra

Adónde ir

Gobierno de Navarra (Registro Único de Parejas Estables de la Comunidad Foral de Navarra)

En Navarra la pareja estable se constituye en documento público: ante el propio Registro Único (en Pamplona, con cita), ante notario o ante la secretaría de un ayuntamiento adherido al convenio. Después se inscribe en el Registro Único, por internet con certificado digital o Cl@ve o en persona con cita. La inscripción es voluntaria y gratuita y sirve de prueba y publicidad: lo que constituye la pareja es el documento público.

Con cita previa. Teléfono: 848 423 720. Cita obligatoria para constituir, inscribir o extinguir en persona. La última semana de cada mes se abre el calendario del mes siguiente. Registro: C/ Monasterio de Irache, 22, bajo, Pamplona, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.

Pedir cita en la web oficial

Requisitos: mayores de edad o menores emancipados con domicilio común en Navarra (o fuera, si los dos mantenéis la condición civil foral navarra); no estar casados ni en otra pareja estable; y no ser parientes en línea recta ni colaterales hasta el segundo grado. Documentos: formulario 001 (no hace falta si lo haces por internet) y de declaraciones 01.1; DNI, NIE o pasaporte; el documento público de constitución si no la hacéis en el registro; certificado de empadronamiento en el mismo domicilio en Navarra; y, si eres menor emancipado, certificado literal de nacimiento. Es gratis. Es obligatorio comunicar la extinción: formulario 003 con el certificado de defunción o de matrimonio, el documento público o el acta de comparecencia de los dos, o, si es de uno solo, la comparecencia o el documento público y la comunicación fehaciente a la otra persona (formulario 03.1).

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

En casi todas las comunidades la solicitud se puede presentar por la sede electrónica, pero luego tenéis que ir los dos en persona a comparecer ante el registro (o firmar ante notario). Canarias y La Rioja permiten hacerlo todo por internet, y en Cataluña cada uno presenta su solicitud con firma electrónica.

Necesitas: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (en Cataluña, también idCAT Mòbil).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Depende de la comunidad. Gratis, entre otras, en Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Navarra, Ceuta y Melilla. Con tasa (2026): Comunidad de Madrid, 82,12 €; Castilla-La Mancha, 52,23 €; La Rioja, 51,01 €; Illes Balears, 21,56 €. Mira la regla de tu comunidad.
Cuánto tarda
Depende de la comunidad: suelen resolver en 2 o 3 meses. En la Comunidad de Madrid, la cita para firmar puede tardar hasta un mes y la resolución llega unos 15 días hábiles después.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Sirve para cobrar la pensión de viudedad?

Sí, si la pareja llevaba inscrita en un registro autonómico o municipal (o constituida en documento público) al menos 2 años antes del fallecimiento y se cumple el tiempo de convivencia que pide la Seguridad Social. Los requisitos están en «Pedir la pensión de viudedad».

¿Vale la inscripción en el registro de mi ayuntamiento?

Depende de la comunidad. Para la pensión de viudedad, la ley acepta los registros municipales. En Cataluña sirve de prueba; en La Rioja no hace falta inscribirse otra vez en el autonómico; en Andalucía y Murcia los ayuntamientos tramitan la inscripción del registro autonómico o recogen la solicitud. Pregunta en tu ayuntamiento y mira la regla de tu comunidad.

En Cataluña, ¿hace falta inscribirse?

No. La pareja estable existe si convivís más de dos años seguidos, si tenéis un hijo en común o si lo firmáis en escritura pública (Código civil de Cataluña, art. 234-1). Inscribirse en el registro de la Generalitat es voluntario y sirve de prueba.

¿Podemos inscribirnos si uno no es de nacionalidad española?

Sí, con el documento de identidad o pasaporte y el certificado de estado civil de tu país, legalizado o apostillado y traducido. En el País Vasco y en Galicia, además, al menos uno tiene que tener la vecindad civil de la comunidad.

¿Cómo nos damos de baja?

Con la solicitud de baja o cancelación en el mismo registro. Se puede pedir de mutuo acuerdo o por decisión de uno, que en casi todas las comunidades tiene que acreditar que se lo ha comunicado a la otra persona de forma fehaciente (burofax, correo certificado o notario). También se cancela por boda o fallecimiento. En la Comunidad de Madrid la baja tiene tasa (35,70 €).

¿Qué pasa si ya estoy inscrito con otra pareja o casado?

No podéis inscribiros: en todas las comunidades hay que estar solteros, viudos o divorciados (en algunas, también separados judicialmente) y no estar inscritos en otra pareja de hecho, en ninguna comunidad.

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

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