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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en San Roque

Cádiz · Andalucía

Adónde ir

Ayuntamiento de San Roque (Gestión Tributaria)

La plusvalía la gestiona el propio ayuntamiento, por declaración: la presentas en la sede electrónica (trámite «(IIVTNU) Presentación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana») o en el registro, y el ayuntamiento te manda la liquidación con el plazo para pagarla. En la sede hay también trámites para pedir la exención por pérdidas y la prórroga en herencias.

Oficinas

Plazos: 30 días hábiles desde la venta o la donación; en herencias, 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si lo pides. Tipo: 21 %. Documentos, según el caso: la escritura de la transmisión y la del título anterior, el último recibo del IBI o la certificación catastral; en herencias, el certificado de defunción, la escritura de aceptación y adjudicación, el cuaderno particional o testamento, el DNI de las personas herederas y la declaración o autoliquidación del impuesto de sucesiones. Herencia a hijos, padres o cónyuge: bonificación del 95 % si la vivienda era la habitual de quien la hereda durante al menos los dos últimos años; se pide en el plazo de la declaración con el certificado de empadronamiento.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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