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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Ponferrada

León · Castilla y León

Adónde ir

Ayuntamiento de Ponferrada (Oficina Tributaria Municipal)

La plusvalía la gestiona el propio ayuntamiento por declaración: presentas el modelo municipal con el documento de la transmisión y el ayuntamiento te notifica la liquidación con el plazo para pagar. Se presenta en la sede electrónica CLIC o en la oficina de Registro del ayuntamiento; la Oficina Tributaria Municipal informa.

Cita previa recomendable. Teléfono: 987 456 113. Atiende en persona o con cita previa. Correo: recaudacion@ponferrada.org.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Tipo de gravamen: 27 %. Plazos: 30 días hábiles en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si lo pides. Herencia de la vivienda habitual de la persona fallecida a favor del cónyuge, descendientes o ascendientes: bonificación del 90 % si el valor catastral del suelo de la vivienda no pasa de 24.000 € y del 75 % si lo pasa (también si la persona vivía con un familiar, en un hospital o en una residencia en el último año). No se liquidan cuotas de 9 € o menos. El ayuntamiento publica los coeficientes de 2026.

Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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