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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Orihuela (Oriola)

Alicante/Alacant · Comunitat Valenciana

Adónde ir

Suma Gestión Tributaria (Diputación de Alicante), por delegación del Ayuntamiento de Orihuela

Orihuela ha delegado en Suma la gestión, la inspección y el cobro de la plusvalía. Es una declaración: la presentas y Suma te manda la liquidación para pagar. Por internet, en la sede electrónica de Suma («Declaración / comunicación a efectos del IIVTNU»); en persona (solo personas físicas no obligadas a la vía electrónica), en sus oficinas; o por correo a Suma (plaza de San Cristóbal, 1, 03002 Alicante).

Cita previa recomendable. Teléfono: 965 292 000 (lunes a viernes, 8 a 21 h; sábados, 10 a 14 h).

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Tipo: 28 % (ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Orihuela). Bonificación del 50 % en herencias a favor de descendientes, cónyuges y ascendientes, hasta el segundo grado, si el inmueble fue la vivienda habitual del fallecido al menos los últimos 10 años (se acredita con el certificado de empadronamiento; cuenta también si se trasladó a una residencia o a casa de quien le cuidaba). Plazos: 30 días hábiles en compraventas y donaciones; 6 meses en herencias, prorrogables hasta un año. Documentos: el impreso de declaración, la escritura o documento de la transmisión (en herencias, la de adjudicación o, si no la hay, testamento o declaración de herederos y certificado de últimas voluntades), el último recibo del IBI y, si eliges el cálculo por la ganancia real o declaras que no hubo ganancia, los títulos de compra o las declaraciones del impuesto de sucesiones y donaciones. En la web de Suma puedes simular el cálculo («Calcule su impuesto»).

Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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