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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Palacios y Villafranca, Los

Sevilla · Andalucía

Adónde ir

Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF) de la Diputación de Sevilla, por delegación del Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca

La plusvalía de Los Palacios y Villafranca la gestiona el OPAEF, por autoliquidación: la presentas en la sede electrónica del OPAEF o, con cita previa, en sus oficinas. Las compraventas y donaciones se pueden hacer en cualquier oficina del OPAEF; las herencias y las demás transmisiones, solo en la de Sevilla (calle Alejo Fernández, 13).

Con cita previa. Teléfono: 900 700 100. La ayuda presencial para hacer la autoliquidación es solo con cita previa (900 700 100 o sede del OPAEF).

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Plazos: 30 días hábiles desde la venta o la donación; en herencias, 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si lo pides antes de que acaben los 6 meses. Documentos: copia simple de la escritura (en herencias sin escritura, certificado de defunción, de últimas voluntades y testamento) y el título de adquisición. Tipo: 28,23 %. Herencia de la vivienda habitual del fallecido a cónyuge, hijos o padres: bonificación según el valor catastral del suelo, del 95 % (20.000 € o menos) al 5 % (más de 100.000 €); solo si presentas la autoliquidación dentro de plazo y sin requerimiento.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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