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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Cieza

Murcia · Región de Murcia

Adónde ir

Agencia Tributaria de la Región de Murcia, por delegación del Ayuntamiento de Cieza

Cieza delega en la Agencia Tributaria de la Región de Murcia la gestión de la plusvalía. Es una autoliquidación: la calculas, la presentas y la pagas, con copia de la escritura o del documento de la transmisión. Por internet, en el formulario de la Agencia (procedimiento 1195 de la sede de la CARM); en persona, en sus oficinas con cita previa (teléfono gratuito 900 878 830).

Oficinas

Plazos: 30 días hábiles desde la venta o la donación; en herencias, 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta otros 6 si lo pides antes de que acaben. Tipo según los años que tuviste el inmueble: 30 % (hasta 5 años), 29 % (de 6 a 15) y 28 % (de 16 a 20). Herencias a hijos o adoptados, cónyuge (o pareja de hecho inscrita), padres o adoptantes: bonificación según el valor catastral del suelo de todos los inmuebles: 90 % hasta 12.000 €, 50 % hasta 25.000 €, 25 % hasta 50.000 €, 10 % hasta 75.000 € y 5 % por encima; se aplica sola si estás al corriente con el ayuntamiento.

Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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