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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Castelldefels

Barcelona · Cataluña

Adónde ir

Ajuntament de Castelldefels (Unitat Intermèdia de Gestió de Tributs); notificación y cobro, ORGT de la Diputació de Barcelona

Declaración, no autoliquidación: la presentan quien transmite y quien adquiere, por internet en la sede electrónica (con certificado digital) o en persona con cita previa en la OAC o en la Unitat de Gestió de Tributs. En la declaración indicas el método de cálculo (objetivo o real), las bonificaciones que pidas o que no hay incremento de valor. El ayuntamiento practica la liquidación y el ORGT te la notifica (también en su sede electrónica) con los plazos y medios de pago. En herencias puedes pedir prórroga. Antes, puedes pedir un cálculo orientativo en la sede o en persona.

Con cita previa. Teléfono: 93 665 11 50. La atención presencial en la OAC es con cita previa. Para dudas con la tramitación por internet: 93 222 22 03 o suport.oac@castelldefels.org.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Documentos: la escritura de la transmisión y el documento de adquisición (imprescindible si pides el cálculo por el incremento real); en herencias, el certificado de defunción si pides la prórroga de seis meses; en daciones en pago o ejecuciones hipotecarias, el formulario municipal de exención. Hay bonificación por la vivienda habitual heredada, que se pide con el modelo municipal.

Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

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