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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Cambrils

Tarragona · Cataluña

Adónde ir

Ajuntament de Cambrils (Gestió Tributària)

La gestiona el Ayuntamiento (BASE no la lleva). Presentas la declaración con los documentos de la transmisión y el Ayuntamiento te notifica la liquidación para pagarla. Se presenta por internet en el trámite «Comunicació/Declaració» de la sede, que tiene también un simulador del cálculo, o en persona en la OAC.

Cita previa recomendable. Teléfono: 977 794 579. La cita de la OAC se pide en línea. Solo las personas físicas pueden hacer trámites en persona; el resto, por la sede electrónica.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Tipo de 2026: 30 % (ordenanza fiscal núm. 3 de 2026). Plazos: 30 días hábiles en las transmisiones entre vivos; 6 meses en herencias, prorrogables hasta un año si lo pides dentro de los seis primeros meses. En las herencias, con la declaración va la escritura de aceptación de herencia o la declaración de herederos y la autoliquidación del impuesto de sucesiones. Herencia de la vivienda habitual del causante (y un trastero y una plaza de aparcamiento del mismo edificio) a favor del cónyuge o pareja de hecho inscrita, descendientes, adoptados, ascendientes y adoptantes: bonificación del 50 %, que se aplica de oficio si presentas la declaración en plazo; tienes que conservarla 3 años.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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