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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Arona

Santa Cruz de Tenerife · Canarias

Adónde ir

Ayuntamiento de Arona

La plusvalía la gestiona el propio ayuntamiento (Arona no la tiene encomendada al Consorcio de Tributos de Tenerife). Se paga por autoliquidación con el modelo 680: por internet en la sede electrónica con DNI electrónico o certificado digital, o en las oficinas del SAC con cita previa. Si el inmueble no tiene valor catastral o no coincide con el real, presentas una declaración y el ayuntamiento te liquida.

Con cita previa. Teléfono: 010 o 922 761 600. Para cualquier trámite en las oficinas del SAC hace falta cita previa (en la web o en la app de cita previa). La oficina de Arona Casco está cerrada por obras desde el 1 de diciembre de 2025; mientras tanto, se atiende en Los Cristianos y Las Galletas. Las personas mayores de 65 años empadronadas pueden ser atendidas sin cita para trámites urgentes, según la disponibilidad de la oficina.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Plazos: 30 días hábiles en ventas y donaciones; 6 meses en herencias desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 si lo pides antes de que acaben. Lleva copia de la escritura, el documento de la transmisión y el recibo del IBI del año; si quieres que se calcule sobre la ganancia real o alegas que no hubo ganancia, añade el título de la adquisición anterior y, si fue una herencia o donación, la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Se paga en las oficinas municipales o en los bancos colaboradores. Tipo de 2026 (ordenanza fiscal n.º 1): 28 %. Herencias: 50 % de bonificación por la vivienda habitual del fallecido (donde estaba empadronado) a favor de hijos, cónyuge o pareja de hecho inscrita y padres; se pide dentro del plazo de la autoliquidación. No hay otras bonificaciones.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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