Saltar al contenido

Pagar el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) en Irun

Gipuzkoa · País Vasco

Adónde ir

Ayuntamiento de Irun (Tesorería y Recaudación); Catastro de la Diputación Foral de Gipuzkoa

El IBI lo cobra el propio ayuntamiento, por recibo anual. En 2026 el periodo de pago voluntario fue del 15 de mayo al 10 de julio (ya cerrado); se podía domiciliar hasta el 3 de julio y los recibos domiciliados se cargaron el 10 de julio. Si no está domiciliado, el recibo llega por correo a tu domicilio fiscal; si no te llega, sigues teniendo que pagarlo: pide un duplicado en Recaudación o paga en la pasarela de pagos de la sede electrónica. La domiciliación se pide en la sede o en el SAC.

Cita previa recomendable. Teléfono: 010 o 943 505 152. El enlace es el calendario del contribuyente de 2026. Para el SAC, pide cita en el 010.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Fraccionamiento sin intereses (procedimiento abreviado): si no tienes deudas en vía ejecutiva, puedes pagar el IBI en plazos mensuales domiciliados (el día 5 o el 15), sin garantía, hasta terminar dentro del mismo año; se pide en el SAC hasta el 10 de julio y vale solo para ese año. Si no pagas dos plazos, se vence toda la deuda. Tipo de 2026 (ordenanza fiscal del IBI, anexo I): 0,2375 % en urbana, 0,6 % en suelo industrial o terciario y 1,1 % en rústica. Recargo del 150 % de la cuota en las viviendas que no son residencia habitual de nadie, con excepciones; las alegaciones se presentan del 1 de enero al 31 de marzo. Familia numerosa, en la vivienda habitual: 90 %, salvo que su valor catastral pase de 304.547,50 € (346.163,50 € con garaje) o tengáis otras viviendas que sumen más de 100.000 €; vale desde el año siguiente a pedirla. Placas solares u otras renovables no obligatorias: 50 % durante 3 años. El valor catastral y el titular son del Catastro de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende de quién cobre el IBI en tu municipio (el ayuntamiento o el organismo de la diputación): casi todos permiten pagar el recibo, domiciliarlo y pedir bonificaciones por su sede electrónica, y el recibo se puede pagar también en los bancos colaboradores. Las declaraciones ante el Catastro (cambio de titular, obras, errores) se presentan en la Sede Electrónica del Catastro, salvo en Navarra y el País Vasco.

Necesitas: Para los trámites con identificación: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (o el sistema de cada ayuntamiento o diputación foral).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte de aplicar al valor catastral (base liquidable) el tipo de gravamen que fija cada ayuntamiento en su ordenanza: en régimen común, entre el 0,4 % y el 1,10 % en urbanos y entre el 0,3 % y el 0,90 % en rústicos, con algunos incrementos permitidos (art. 72 del TRLRHL). En Navarra (contribución territorial), entre el 0,25 % y el 0,50 %. En el País Vasco, los márgenes de la norma foral de cada territorio.
Cuánto tarda
Se paga una vez al año, en el periodo voluntario que fija cada ayuntamiento u organismo en su calendario fiscal (a veces en dos o más plazos). Si no hay otro plazo fijado, va del 1 de septiembre al 20 de noviembre (art. 62.3 de la Ley General Tributaria). En Gipuzkoa, con carácter general, del 15 de mayo al 30 de junio.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga el IBI si vendo el piso a mitad de año?

Quien era titular el 1 de enero, que es cuando se devenga. La ley permite repercutir el impuesto según el derecho común, así que el reparto entre vendedor y comprador depende de lo que pactéis.

El recibo sale a nombre de otra persona o con un valor que no es correcto: ¿dónde lo arreglo?

En el Catastro, que es quien fija el titular y el valor catastral (fuera de Navarra y el País Vasco, la Dirección General del Catastro: Sede Electrónica, Gerencias o Línea Directa del Catastro). Contra sus resoluciones cabe recurso de reposición ante la Gerencia o reclamación económico-administrativa en un mes. En Navarra, en el ayuntamiento; en el País Vasco, en el catastro de la diputación foral.

¿Qué pasa si no lo pago en plazo?

Se abre el periodo ejecutivo con recargo: 5 % si pagas antes de recibir la providencia de apremio, 10 % si pagas en el plazo que da esa providencia y 20 % más intereses de demora en los demás casos (art. 28 de la Ley General Tributaria; los mismos porcentajes en Navarra).

¿Qué bonificaciones puedo pedir?

Las que regule la ordenanza de tu ayuntamiento dentro de lo que permite la ley: hasta el 90 % para familias numerosas, hasta el 50 % por instalar placas solares u otras energías renovables, hasta el 50 % por puntos de recarga de vehículos eléctricos, hasta el 95 % por alquiler con renta limitada, y el 50 % obligatorio durante tres años para viviendas de protección oficial. Casi todas hay que pedirlas.

¿Me pueden cobrar un recargo por tener la vivienda vacía?

Sí, si el ayuntamiento lo regula: hasta el 50 % de la cuota (más en algunos casos) para viviendas desocupadas de forma permanente más de dos años sin causa justificada, con las condiciones del art. 72.4 bis del TRLRHL. En Gipuzkoa, los ayuntamientos pueden cobrar hasta un 150 % más por las viviendas que no sean residencia habitual.

Fuentes oficiales

Comprobado el 4 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

¿Algo no es correcto? Avísanos de una dirección, un teléfono, un horario o un enlace que haya cambiado.

No escribas datos personales tuyos ni de nadie más. Solo usamos el aviso para corregir la página y el correo para contestarte.

Todas las oficinas públicas en Irun ›

Otros trámites en Irun