Saltar al contenido

Pedir la licencia de primera ocupación en Bilbao (Bilbo)

Bizkaia · País Vasco

Adónde ir

Ayuntamiento de Bilbao (Área de Obras, Planificación Urbana y Proyectos Estratégicos)

En Bilbao hace falta la licencia de primera utilización para ocupar un edificio nuevo o rehabilitado, o uno reformado entero con cambio de uso. La pide quien tiene la licencia de obras, dentro del mismo expediente; los inspectores municipales visitan la obra con la dirección técnica y la constructora, y el ayuntamiento resuelve en un máximo de tres meses (si no contesta, se entiende concedida, salvo incumplimientos graves).

Oficinas

Qué presentar (Ordenanza de licencias, art. 69): la solicitud con el número del expediente de la licencia de obras; planos con las modificaciones hechas durante la obra o la declaración de que no las hay; el certificado final de obra de la dirección técnica (y el de la urbanización, si se hizo a la vez); el alta en el IBI; la cédula de calificación definitiva si es vivienda protegida; la declaración de obra nueva inscrita en el Registro, en su caso; fotos en color de las fachadas; la liquidación final del coste real de la obra; el acta de puesta en marcha de los ascensores y la autorización de las instalaciones de imagen y sonido. Sin certificado final de obra no se entiende concedida por silencio. Excepcionalmente puede darse una primera utilización provisional (si faltan papeles o hay defectos leves cubiertos por el aval) o por edificios, en conjuntos de varios. Tasa de 2026: está incluida en la tasa de la licencia de obras (Ordenanza fiscal 07, art. 6.1), que se paga por tramos del presupuesto: por ejemplo, 6.386 € de 150.000 a 300.000 € y 11.639 € de 300.000 a 450.000 €.

Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento: casi todos admiten la solicitud, la declaración responsable o la comunicación por su sede electrónica, con los certificados escaneados; también se puede presentar en el registro municipal. Las empresas promotoras y los profesionales colegiados que actúen como tales están obligados a hacerlo por internet (art. 14.2 de la Ley 39/2015).

Necesitas: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (o el sistema de identificación del ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
La tasa municipal por licencia o por el control de la declaración responsable o comunicación (art. 20.4.h del TRLRHL), según la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento: unas cobran un fijo, otras un porcentaje de la tasa de obras o del coste, y algunas no cobran nada. Con el coste final, el ayuntamiento ajusta el ICIO que pagaste al empezar (art. 103.1 del TRLRHL).
Cuánto tarda
Con declaración responsable o comunicación previa, puedes ocupar el edificio desde que la presentas completa, aunque en algunas comunidades hay que esperar un plazo (en Canarias, presentarla al menos un mes antes). Con licencia, hay que esperar a la resolución: un mes en Palma y hasta tres meses en Bilbao.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Cuándo hace falta?

Al terminar un edificio de nueva planta, una ampliación, una rehabilitación integral o un cambio de uso (por ejemplo, de local a vivienda), y en general cuando la obra se hizo con licencia de obra mayor. Cada ayuntamiento concreta los casos en su ordenanza.

¿Es una licencia o una declaración responsable?

Depende de la comunidad: en Madrid, Andalucía, Aragón, la Comunitat Valenciana y la Región de Murcia es una declaración responsable; en Cataluña y Canarias, una comunicación previa; en las Illes Balears y el País Vasco sigue siendo una licencia. Mira la regla de tu comunidad o de tu ciudad.

¿Es lo mismo que la cédula de habitabilidad?

No. La primera ocupación la da (o la recibe) el ayuntamiento y acredita que la obra se ajusta a lo autorizado. La cédula de habitabilidad, donde existe (Cataluña, Illes Balears y otras), la expide la comunidad o el consell insular y acredita las condiciones mínimas de la vivienda; en obra nueva a veces hacen falta las dos.

¿Quién la pide si la casa la he hecho yo?

Tú, como promotor o promotora de la obra, con el certificado final de obra de tu técnico. Algunos ayuntamientos tienen un trámite propio para la vivienda unifamiliar de autopromoción (Murcia, por ejemplo).

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

¿Algo no es correcto? Avísanos de una dirección, un teléfono, un horario o un enlace que haya cambiado.

No escribas datos personales tuyos ni de nadie más. Solo usamos el aviso para corregir la página y el correo para contestarte.

Otros trámites en Bilbao (Bilbo)