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Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Soria

Soria · Castilla y León

Adónde ir

Ayuntamiento de Soria (Padrón de habitantes)

Te empadronas en la Casa Consistorial, con cita previa del servicio «Padrón» en la web de citas del ayuntamiento. También puedes presentar el alta por la sede electrónica (trámite «Alta padrón mayores de edad procedente de otro municipio o país», con identificación electrónica), con la hoja de alta y los documentos. Para las altas, de otro municipio o del extranjero, el ayuntamiento pide que vayan todas las personas que se empadronan, también las menores de edad.

Cita previa recomendable. Teléfono: 975 23 41 00. En la web de citas eliges la oficina «Casa Consistorial» y el servicio «Padrón». Correo del Servicio de Atención Ciudadana: dptosac@soria.es.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Qué llevar: la hoja de alta en el padrón, rellena y firmada por todas las personas mayores de edad; el DNI, NIE o pasaporte de cada persona (para menores españoles sin documento, el libro de familia o la partida de nacimiento); y la vivienda: si es tuya, la escritura o el último recibo del IBI; si es de alquiler, el contrato en vigor con la misma dirección (y el último recibo del alquiler si está prorrogado). Si no eres propietario ni inquilino, la autorización de empadronamiento firmada por quien es propietario o titular del contrato, con copia de su documento de identidad y de la escritura, el recibo del IBI o el contrato. Menores: firma de ambos progenitores, o la resolución judicial si la custodia es de uno solo. Centros colectivos (residencias, casas religiosas): hoja sellada por el centro y autorización de su responsable. El certificado de empadronamiento individual se pide en la sede electrónica, en «Padrón de habitantes».

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.

Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
Cuánto tarda
Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?

Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).

¿Y si no tengo domicilio fijo?

Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.

¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?

No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.

¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?

No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

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