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Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Santiago de Compostela

A Coruña · Galicia

Adónde ir

Concello de Santiago de Compostela (Padrón de Habitantes)

Solo en persona, en la oficina del Padrón de Habitantes, en los bajos del Pazo de Raxoi, sin cita previa: coge número en la máquina de la entrada. Por internet no se pueden hacer altas ni cambios de domicilio, pero sí descargar gratis el certificado individual de empadronamiento en la sede.

Cita previa recomendable. Teléfono: 981 542 318. Sin cita: se atiende por turno de la máquina dispensadora de la entrada.

Oficinas

Documentos: hoja padronal firmada por todas las personas mayores de edad; documento de identidad de quien firma (DNI; ciudadanía de la UE, tarjeta de residencia en vigor y pasaporte; resto de nacionalidades, NIE y pasaporte); menores de 14 años sin documento propio, libro de familia o certificado de nacimiento y, si la hay, la resolución de guarda y custodia. Las altas y cambios de menores las firman los dos progenitores (con custodia exclusiva o sin resolución judicial, en casos concretos, declaración responsable de los anexos I y II). Vivienda: escritura, recibo del IBI o contrato de alquiler actualizado (si no lo está, el recibo del alquiler del último mes). Si no eres propietario ni titular del alquiler, autorización de quien lo sea y su documento de identidad original. Lleva todo: si falta algo, no se puede hacer el trámite. Certificado de empadronamiento: gratis por internet; en persona, 1,25 € (Ordenanza fiscal 3.07). Correo: padronmh@santiagodecompostela.gal.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.

Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
Cuánto tarda
Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?

Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).

¿Y si no tengo domicilio fijo?

Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.

¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?

No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.

¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?

No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

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