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Pedir el certificado o volante de empadronamiento (y de convivencia) en Zaragoza

Zaragoza · Aragón

Adónde ir

Ayuntamiento de Zaragoza (Observatorio de Estadística Municipal)

Volante: con DNI electrónico, certificado o Cl@ve lo imprimes al momento en la sede; sin identificación, con el formulario web o por el 010 (976 721 234), y llega por correo en unos 10 días; en persona, al momento y sin cita en la Oficina de Relaciones con la Ciudadanía (Plaza del Pilar, 18) y en las juntas municipales y vecinales. Certificado: por internet con certificado o Cl@ve, en las oficinas de registro o por correo electrónico (gestionpadron1@zaragoza.es).

Cita previa recomendable. Teléfono: 010 o 976 721 234. El volante no histórico se da en el acto y sin cita en la Plaza del Pilar y en las juntas.

El volante informa del domicilio y vale para la mayoría de los trámites (arraigo, tarjeta sanitaria, escolarización, dependencia, becas…). Zaragoza pide el certificado solo para la prestación por hijo a cargo de la Seguridad Social, el matrimonio civil, embajadas y consulados y la nacionalidad, y también para acreditar la residencia histórica. Para otra persona o un volante colectivo, el impreso M004 firmado por cada persona mayor de edad y copia de sus documentos de identidad. Por teléfono no se dan volantes históricos, colectivos ni de menores.

Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento, pero es lo más habitual: en las diez ciudades más pobladas lo descargas al momento en la sede electrónica con identificación electrónica. Sin ella, varias lo envían por correo postal al domicilio de empadronamiento. Los históricos antiguos y algunos colectivos solo se piden en persona o por registro.

Necesitas: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (según el ayuntamiento; en Barcelona, también idCAT; en Bilbao, BakQ).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en muchos ayuntamientos (en Barcelona y Málaga, y el volante de Murcia; en Palma, por internet). Otros cobran una tasa por expedir el certificado en persona: en Las Palmas de Gran Canaria, 2,46 € o 7,66 € según el motivo; en Palma, la tasa de expedición de documentos, salvo a mayores de 65 años.
Cuánto tarda
Al momento por internet con identificación electrónica o en la oficina. Por correo postal, de 7 a 15 días según el ayuntamiento (Madrid se compromete a un máximo de 10 días hábiles). Los históricos antiguos pueden tardar una o dos semanas.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre volante y certificado?

El certificado acredita de forma fehaciente el empadronamiento: es un documento público firmado por la secretaría del ayuntamiento (o con sello electrónico). El volante es solo informativo y no necesita firma. Los dos dicen lo mismo: dónde vives, desde cuándo y, si lo pides, tus domicilios anteriores (Resolución de 17 de febrero de 2020, apartado 8.1.1).

¿Cuánto tiempo vale?

Ninguna norma le pone fecha de caducidad: la instrucción del padrón dice que no deben llevar cláusula de caducidad. Es el organismo que te lo pide quien decide qué antigüedad acepta, y muchos piden que sea reciente.

¿Puedo pedir el de otra persona?

Solo con su autorización (o si la representas legalmente). Para el colectivo o de convivencia hace falta el consentimiento de todas las personas inscritas en la vivienda, o un interés legítimo que el ayuntamiento valore. En casos de violencia de género o de menores, el ayuntamiento puede no darlo.

¿Y si ya no estoy empadronado allí?

Puedes pedir el histórico al ayuntamiento donde estuviste empadronado (en Zaragoza, Málaga, Bilbao o Palma lo dicen expresamente). Te lo envían al domicilio que indiques o lo descargas por internet.

¿Tengo que llevarlo si la administración ya lo puede consultar?

No en muchos casos. Tienes derecho a no aportar documentos que ya tenga la administración (Ley 39/2015, art. 28.2), y la Administración General del Estado puede comprobar tu domicilio con el Servicio de Verificación de Datos de Residencia (Real Decreto 523/2006). Si tu domicilio no consta o no coincide, se lo piden ellos al ayuntamiento.

Fuentes oficiales

Comprobado el 7 de noviembre de 2026

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