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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Móstoles

Madrid · Comunidad de Madrid

Adónde ir

Ayuntamiento de Móstoles (Órgano de Gestión Tributaria y Recaudación)

Se paga por autoliquidación en el modelo oficial del ayuntamiento. En la Oficina de Atención al Contribuyente te ayudan a calcularla. Si crees que no hay incremento de valor (o que la transmisión está exenta o no sujeta), presentas una declaración y el ayuntamiento hace la liquidación tras comprobarla.

Cita previa recomendable. Teléfono: 91 664 75 22.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Tipo de 2026: 25 % (art. 8 de la ordenanza fiscal del impuesto para 2026). Plazos desde la fecha de la transmisión: 30 días hábiles en compraventas y donaciones; 6 meses en herencias, prorrogables hasta un año si lo pides dentro de esos seis meses. Herencias: bonificación del 95 % de la cuota cuando se hereda la vivienda habitual del fallecido (empadronado en ella al menos los dos últimos años, con excepciones si vivía en una residencia o con un hijo por dependencia) o el local de su negocio, si los herederos son el cónyuge (o pareja de hecho inscrita), los hijos o los padres; hay que mantener el inmueble tres años (y la actividad, en el caso del local). Se entiende pedida al presentar la autoliquidación con la documentación que lo acredite. Con la autoliquidación o la declaración se presenta la escritura o el documento de la transmisión.

Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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