Saltar al contenido

Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Badajoz

Badajoz · Extremadura

Adónde ir

Ayuntamiento de Badajoz (Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación)

En Badajoz capital la plusvalía la gestiona el propio ayuntamiento, no el OAR de la Diputación. Va por declaración-liquidación: presentas el impreso de declaración con las escrituras de la transmisión actual y de la anterior, por la sede electrónica o en el Registro General, y el ayuntamiento te notifica la liquidación con el plazo y la forma de pago. En la web municipal hay una calculadora para estimarla.

Cita previa recomendable. Teléfono: 924 22 99 22. La cita para Gestión Tributaria y Recaudación se pide por teléfono o en recaudacion@aytobadajoz.es, de 9 a 13 h. Para presentar la declaración no hace falta ir: se puede hacer en la sede electrónica.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Tipo de gravamen: 25,74 % (ordenanza fiscal del impuesto). Plazos: 30 días hábiles en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si lo pides en los cinco primeros meses (la prórroga se entiende concedida). Si la herencia está en división judicial, puedes pedir que se interrumpa el plazo. Junto al impreso, aporta copia de la escritura (o del documento judicial o administrativo) y la del título de adquisición anterior; si crees que no hubo ganancia o que pagas menos por el método real, dilo en la declaración y aporta las escrituras de compra y venta. Herencia de la vivienda habitual del fallecido a favor del cónyuge o pareja de hecho, hijos o padres: bonificación del 95 % (con hasta dos garajes y dos trasteros comprados con ella), que hay que pedir en la declaración presentada dentro de plazo, con el certificado de empadronamiento del fallecido. Si actúas por otra persona, usa el modelo municipal de representación.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

¿Algo no es correcto? Avísanos de una dirección, un teléfono, un horario o un enlace que haya cambiado.

No escribas datos personales tuyos ni de nadie más. Solo usamos el aviso para corregir la página y el correo para contestarte.

Otros trámites en Badajoz