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Pagar el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) en Badajoz

Badajoz · Extremadura

Adónde ir

Ayuntamiento de Badajoz (Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación)

En Badajoz capital el IBI lo cobra el propio ayuntamiento, no el OAR de la Diputación. Periodo de pago voluntario de 2026 del IBI urbano, rústico y de características especiales: del 15 de junio al 1 de diciembre (calendario aprobado el 3 de febrero de 2026). Puedes pagarlo con tarjeta en el Portal de Tributos de la web municipal, en las entidades bancarias colaboradoras con el recibo, o domiciliarlo.

Cita previa recomendable. Teléfono: 924 22 99 22. La cita de Recaudación se pide por teléfono o en recaudacion@aytobadajoz.es, de 9 a 13 h. Para pagar no hace falta ir. Si no te llega el recibo durante el periodo voluntario, llama al 924 22 99 22.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Pago con tarjeta: https://tributos.aytobadajoz.es/cngit/PagosIntroducirdatos. Si domicilias todos tus tributos de cobro periódico, tienes una bonificación del 1 %. Tipo de gravamen: 0,72 % en urbana, 0,90 % en rústica y 1,10 % en bienes de características especiales; 1,10 % también para los inmuebles comerciales, culturales, de hostelería y ocio, industriales, deportivos y otros usos no residenciales de 360.000 € de valor catastral o más. Familia numerosa: 65 % (general, como mucho 235 € al año) o 90 % (especial, como mucho 370 € al año) en la vivienda habitual, que debe coincidir con el domicilio en que estás empadronado; se pide con el título vigente, el certificado de empadronamiento y el documento de propiedad, y vale desde el año siguiente. Placas solares de autoconsumo que den al menos la mitad de la energía: 50 % durante tres años en viviendas (como mucho 500 € al año en una casa y 200 € en un piso con instalación compartida) y 30 % en otros usos (como mucho 500 €), pidiéndolo una vez acabada la instalación, con su licencia o comunicación previa. Los cambios de titular y los errores del valor catastral son del Catastro (en el ayuntamiento, Gestión Catastral: 924 210 251).

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende de quién cobre el IBI en tu municipio (el ayuntamiento o el organismo de la diputación): casi todos permiten pagar el recibo, domiciliarlo y pedir bonificaciones por su sede electrónica, y el recibo se puede pagar también en los bancos colaboradores. Las declaraciones ante el Catastro (cambio de titular, obras, errores) se presentan en la Sede Electrónica del Catastro, salvo en Navarra y el País Vasco.

Necesitas: Para los trámites con identificación: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (o el sistema de cada ayuntamiento o diputación foral).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte de aplicar al valor catastral (base liquidable) el tipo de gravamen que fija cada ayuntamiento en su ordenanza: en régimen común, entre el 0,4 % y el 1,10 % en urbanos y entre el 0,3 % y el 0,90 % en rústicos, con algunos incrementos permitidos (art. 72 del TRLRHL). En Navarra (contribución territorial), entre el 0,25 % y el 0,50 %. En el País Vasco, los márgenes de la norma foral de cada territorio.
Cuánto tarda
Se paga una vez al año, en el periodo voluntario que fija cada ayuntamiento u organismo en su calendario fiscal (a veces en dos o más plazos). Si no hay otro plazo fijado, va del 1 de septiembre al 20 de noviembre (art. 62.3 de la Ley General Tributaria). En Gipuzkoa, con carácter general, del 15 de mayo al 30 de junio.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga el IBI si vendo el piso a mitad de año?

Quien era titular el 1 de enero, que es cuando se devenga. La ley permite repercutir el impuesto según el derecho común, así que el reparto entre vendedor y comprador depende de lo que pactéis.

El recibo sale a nombre de otra persona o con un valor que no es correcto: ¿dónde lo arreglo?

En el Catastro, que es quien fija el titular y el valor catastral (fuera de Navarra y el País Vasco, la Dirección General del Catastro: Sede Electrónica, Gerencias o Línea Directa del Catastro). Contra sus resoluciones cabe recurso de reposición ante la Gerencia o reclamación económico-administrativa en un mes. En Navarra, en el ayuntamiento; en el País Vasco, en el catastro de la diputación foral.

¿Qué pasa si no lo pago en plazo?

Se abre el periodo ejecutivo con recargo: 5 % si pagas antes de recibir la providencia de apremio, 10 % si pagas en el plazo que da esa providencia y 20 % más intereses de demora en los demás casos (art. 28 de la Ley General Tributaria; los mismos porcentajes en Navarra).

¿Qué bonificaciones puedo pedir?

Las que regule la ordenanza de tu ayuntamiento dentro de lo que permite la ley: hasta el 90 % para familias numerosas, hasta el 50 % por instalar placas solares u otras energías renovables, hasta el 50 % por puntos de recarga de vehículos eléctricos, hasta el 95 % por alquiler con renta limitada, y el 50 % obligatorio durante tres años para viviendas de protección oficial. Casi todas hay que pedirlas.

¿Me pueden cobrar un recargo por tener la vivienda vacía?

Sí, si el ayuntamiento lo regula: hasta el 50 % de la cuota (más en algunos casos) para viviendas desocupadas de forma permanente más de dos años sin causa justificada, con las condiciones del art. 72.4 bis del TRLRHL. En Gipuzkoa, los ayuntamientos pueden cobrar hasta un 150 % más por las viviendas que no sean residencia habitual.

Fuentes oficiales

Comprobado el 4 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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