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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Albacete

Albacete · Castilla-La Mancha

Adónde ir

Ayuntamiento de Albacete (Servicio de Gestión Tributaria, Sección de Tributos sobre la Propiedad)

La plusvalía la gestiona íntegramente el ayuntamiento, por autoliquidación asistida: pides la carta de pago con el modelo municipal y la documentación de la transmisión, por la sede electrónica (con certificado digital; obligatorio para empresas) o en persona (solo particulares) en la Oficina del Registro General, y luego la pagas en el banco. El ayuntamiento publica un simulador de 2026 para calcularla.

Cita previa recomendable. Teléfono: 967 59 61 00 (ext. 11062, 11209, 11885 y 11224). Las dudas se atienden por teléfono o en plusvalia@albacete.es. El enlace es el trámite de la sede para pedir la carta de pago.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Tipo de 2026 (ordenanza fiscal del impuesto, art. 5): 27,44 %. Coeficientes: los máximos legales; la ordenanza publica los de 2026 (por ejemplo, 0,40 para 20 años o más desde el 28 de enero de 2026). Plazos: 30 días hábiles en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si lo pides antes de que acaben (la prórroga se entiende concedida). Herencias del domicilio habitual del fallecido (empadronado en él los dos años anteriores; incluye una plaza de garaje y un trastero del mismo edificio) o del local de su negocio, a favor de hijos, padres, cónyuge o pareja de hecho inscrita (y nietos o abuelos si faltan los de primer grado): bonificación del 95 %, pidiéndola dentro de los seis meses y conservando el inmueble tres años. Si no ha habido ganancia, presenta la declaración con los títulos de compra y venta y una autoliquidación con cuota 0. El comprador presenta su declaración para poder inscribir la escritura en el Registro de la Propiedad.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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