Objetos perdidos: recuperar o entregar algo en Solsona
Lleida · Cataluña

Adónde ir
Ayuntamiento de Solsona
Todavía no tenemos los datos propios de este ayuntamiento (sede, cita y oficinas). Esto es lo que vale en general:
En Cataluña rige el Código civil catalán. El hallazgo se comunica al ayuntamiento del lugar, que lo publica con un edicto y lo guarda seis meses (no dos años). Si el dueño no aparece en ese plazo, se le da a quien lo encontró, que paga antes los gastos de custodia.
Si el dueño lo reclama a tiempo, paga los gastos y un premio a quien lo encontró de buena fe: el 10 % del valor y, si este llega a seis veces el salario mínimo, el 4 % de lo que pase de esa cifra. Si el objeto vale más de seis veces el salario mínimo y nadie lo reclama, el ayuntamiento lo subasta: quien lo encontró recibe esa cantidad y una cuarta parte de lo que se saque de más. Pasados los seis meses, el dueño ya no puede reclamarlo.
¿Se puede hacer por internet?
En parte, por internet
Consultar sí, recoger no. Algunas ciudades tienen un buscador con los objetos que guardan: Murcia publica a diario las fotos con un número de referencia y Sevilla tiene un localizador. Otras te dejan preguntar por un formulario o por correo (Madrid, Las Palmas de Gran Canaria, Valencia, Málaga) o publican cada mes la lista de lo recibido (Madrid, Málaga, Córdoba). Para recoger el objeto hay que ir en persona o mandar a alguien con autorización; Valencia y Murcia lo envían por mensajería, a tu cargo. Lo perdido en estaciones y trenes de Renfe se busca en la web de Adif.
Necesitas: Para consultar, nada especial: la descripción del objeto, el lugar y la fecha de la pérdida.
Qué llevar
- Tu documento de identidad: DNI, NIE, pasaporte o carnet de conducir.
- Algo que demuestre que es tuyo: factura, contrato, fotos, número de serie o, en un móvil, el IMEI. Si no tienes nada, una descripción detallada (marca, color, señales, qué había dentro).
- El lugar y la fecha en que lo perdiste y, si te lo han dado, el número de referencia o de registro del objeto.
- Si va otra persona: tu autorización firmada, copia de tu documento de identidad y su propio documento. Varias ciudades tienen un modelo de autorización.
- Si el objeto es de un menor: va el padre, la madre o el tutor con su documento y el libro de familia (Madrid).
- Si eres quien lo encontró y vas a reclamarlo pasados los plazos: el justificante o recibo que te dieron al entregarlo.
- Cuánto cuesta
- Recoger el objeto es gratis en las oficinas que lo dicen (Madrid; Aena en el aeropuerto de Valencia), y ninguna de las ciudades consultadas publica una tasa. Pero el dueño debe pagar a quien lo encontró un premio de la décima parte del valor (la vigésima parte de lo que pase de 2.000 pesetas, unos 12 €; art. 616 del Código Civil) y los gastos que haya habido. En Cataluña, el 10 % del valor y el 4 % de lo que pase de seis veces el salario mínimo (art. 542-22 del Código civil catalán).
- Cuánto tarda
- El ayuntamiento lo guarda dos años desde que publica el hallazgo (art. 615 del Código Civil); en Cataluña, seis meses. Algunas ciudades guardan menos tiempo lo de poco valor (Zaragoza: llaves 30 días y el resto de objetos sin valor, 2 meses). Lo que se pierde en la calle tarda unos días en llegar a la oficina: en Sevilla, unos quince días desde la vía pública, de uno a tres desde el autobús urbano y tres desde un taxi.
Conviene saber
- Pregunta primero en el sitio donde lo perdiste. Los transportes y los aeropuertos lo guardan un tiempo y después lo mandan a la oficina municipal: en Madrid, el taxi en 48 a 72 horas, Metro de 21 a 28 días, la EMT un mes, el aeropuerto un mes y Cercanías dos meses.
- Si lo has perdido en la calle, espera unos días antes de ir: los objetos pasan primero por la comisaría o el agente que los recogió.
- Lleva pruebas de que es tuyo. Con un móvil o un portátil, la oficina puede pedirte que lo desbloquees o que des el IMEI (Bilbao); con unas llaves, que traigas una copia o describas el llavero (Madrid).
- Si encuentras algo y quieres quedártelo si no aparece el dueño, dilo al entregarlo y guarda el justificante: lo necesitarás para reclamarlo.
- Los móviles y las tabletas no se suelen dar a quien los encontró, porque guardan datos personales (Madrid y Bilbao).
- Quedarte algo que has encontrado sabiendo que no es tuyo es un delito de apropiación indebida (art. 254 del Código Penal): multa de tres a seis meses, o de uno a dos si vale 400 € o menos.
- Si pierdes el DNI o el pasaporte, denúncialo cuanto antes. Perderlo tres veces o más en un año cuenta como infracción leve (arts. 9 y 37 de la Ley Orgánica 4/2015).
Preguntas frecuentes
He encontrado una cartera: ¿qué hago?
Si sabes de quién es, devuélvesela. Si no, llévala a la Policía Local o a la oficina de objetos perdidos del ayuntamiento donde la encontraste; muchas ciudades también la recogen en cualquier comisaría municipal o te la coge un agente en la calle. El ayuntamiento lo publica y, si en dos años (seis meses en Cataluña) nadie la reclama, es para ti. Si aparece el dueño, te debe un premio del 10 % del valor.
He perdido el DNI: ¿qué hago?
Denuncia la pérdida y pide un duplicado con cita en una oficina de expedición de la Policía Nacional (mira el trámite «DNI perdido o robado»). Si alguien lo entrega, las oficinas municipales devuelven la documentación personal a su titular por correo o al organismo que la expidió (así lo hacen Valencia y Alicante).
He encontrado un DNI o un pasaporte: ¿dónde lo llevo?
Entrégalo como cualquier otro objeto, en la Policía Local o en la oficina de objetos perdidos. Allí lo devuelven al titular por correo o lo mandan al organismo que lo expidió; los documentos de otros países, al consulado (Valencia y Alicante). Adif entrega a la policía la documentación que aparece en estaciones y trenes en 24 horas.
Lo perdí en el tren: ¿dónde pregunto?
En las estaciones y en los trenes AVE, de Larga y de Media Distancia, los objetos los gestiona Adif: los guarda un mes y se buscan y se reclaman en su web de objetos perdidos. Para Cercanías, la página de Renfe da el teléfono de cada núcleo. Pasado ese tiempo, van a la oficina municipal.
Lo perdí en el avión o en el aeropuerto: ¿qué hago?
Si fue a bordo, habla con tu compañía aérea. Si fue en el aeropuerto, con la oficina de objetos perdidos de ese aeropuerto de Aena: cada uno tiene su página y su correo. En Valencia, por ejemplo, rellenas un formulario y lo mandas por correo electrónico; si lo tienen, te dan un número para recogerlo. Es gratis y no lo envían: tienes que ir tú, otra persona con autorización o un mensajero.
Lo perdí en otra ciudad: ¿a qué oficina voy?
A la del ayuntamiento donde lo perdiste: cada oficina guarda solo lo encontrado en su término municipal (Madrid lo dice expresamente). Si quien lo encontró lo entregó en otra ciudad, esa oficina lo suele remitir al ayuntamiento del lugar del hallazgo (Valencia).
¿Puede recogerlo otra persona por mí?
Sí, con tu autorización firmada, una copia de tu documento de identidad y su propio documento. Madrid, Sevilla y Valencia lo dicen así; Barcelona y Sevilla tienen un modelo de autorización.
¿Me lo pueden enviar a casa?
Depende de la ciudad. Madrid no envía nada. Valencia lo manda por mensajería si se lo pides por correo, y Murcia por paquetería a cobro revertido si vives fuera; en los dos casos pagas tú el envío.
Fuentes oficiales
Comprobado el 5 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Código Civil, arts. 615 a 617 (hallazgo de cosas muebles), texto consolidado (BOE) boe.es
- Ley 5/2006, del libro quinto del Código civil de Cataluña, art. 542-22 (hallazgos), texto consolidado (BOE) boe.es
- Código Penal, art. 254 (apropiación indebida), texto consolidado (BOE) boe.es
- Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana, arts. 9 y 37 (BOE) boe.es
- Objetos perdidos en estaciones y trenes (Renfe) renfe.com
- Objetos perdidos en estaciones (Adif) objetosperdidosestaciones.adif.es
- Información y objetos perdidos del aeropuerto de Valencia (Aena; cada aeropuerto tiene la suya) aena.es
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